Jornada laboral de 45 horas semanales

Hace 2 años que trabajo en una empresa acogida al convenio siderometalúrgico como auxiliar técnico, hasta ahora mi horario ha sido de 45 horas semanales de lunes a viernes. Debido a la crisis me van a ubicar en un nuevo puesto en el que el horario sería de 7,5h diarias trabajando de 9-13:30 y de 17:30-20:30 de lunes a sábado, ¿puedo tener solo un día libre a la semana?

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Se puede tener día y medio de descanso semanal, lo que no se puede es superar las horas máximas de convenio, la jornada máxima semanal es de 40 horas semanales (por lo que no puedes hacer 45), y los convenios establecen jornadas inferiores a esta.
Tienes derecho a que te mantengan la jornada de lunes a viernes realizando menos de 40 horas semanales.
Entonces, ¿además de hacer más horas de las permitidas legalmente tampoco podría solo tener libre el domingo no? Muchas gracias por tu tiempo
El descanso mínimo semanal es de día y medio continuado, pero por convenio o por contrato este tiempo puede ser superior.
En tu caso además de realizar más horas de la permitidas legalmente, quizás no tengas porqué trabajar el fin de semana, si así lo establece tu contrato, como parece ser porque siempre trabajaste de lunes a viernes.
Por un lado se da una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y por otro no se respeta la Ley en materia de descansos y de jornada. Las horas realizadas por encima de las establecidas en convenio, o en su caso por encima de 40 horas semanales, deben ser consideradas como horas extraordinarias y cobrarse como tal.

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