Baja laboral por embarazo de alto riesgo

He tenido dos abortos y me han comentado que en cuanto me vuelva a quedar embarazada me darán la baja por embarazo de alto riesgo. ¿En el segundo aborto estuve de baja 15 días y me descontaron 300? (Cobro 980 netos y cobré 680). Quería saber si esto es aplicable también a la baja por embarazo de alto riesgo, he oído decir que en este tipo de bajas no te pueden descontar nada y que cobras tu salario integro ¿es cierto o se aplicará lo mismo que en una baja por enfermedad común? Por si es necesario, mi empresa se acoge al convenio de la siderometalurgia.
Respuesta
1
En las situaciones de riesgo durante el embarazo, la madre, o mujer embarazada, esta protegida por la ley, contando con un permiso especial y manteniendo una compensación económica, consistente en el 100% de la base de cotización.
Te paso la dirección del Ministerio, por lo tanto página web oficial, donde se reconoce este derecho, para que puedas comprobar y consultar.
http://www.mtas.es/es/Guia/texto/guia_13_30_5.htm
Como podrás comprobar, escontratas bastante interesante lo apuntado, ya que te indica también los pasos a seguir para su solicitud.
Aun mantengo la pregunta como no finalizada, si no necesitas nada más.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas