¿Es cierto que si renuncio a la subida de sueldo por cambio de categoría seguiré cotizando como tal?

Hola he reclamado a la empresa por el CEMAC el reconocimiento de mi categoría laboral como Titulada Medio en lugar de auxiliar administrativa que tengo actualmente y la diferencia salarial de un año entero que es de 1600 euros.
Mi empresa dice que si, que me reconocería la categoría pero no me pagaría la diferencia salarial.
Quiero llegar a un acuerdo con ellos el día de la cita con el CEMAC, mi abogado dice que aun renunciando a la diferencia salarial pero no a la cotización de esta cantidad, la indemnización en caso de despido y el calculo para la prestación por desempleo ya seria en base a la cantidad a percibir por la categoría de titulado medio.
Me gustaría una segunda opinión, ¿esto es así?

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Estimada amiga:
Pues... yo creo que sí tiene razón tu abogado, siempre y cuando estemos hablando de que la empresa va a pagar a la Seguridad Social la diferencia de lo que tenías que haber cotizado en el pasado.
Trato de explicarme un poco mejor:
Si mañana te fueses al paro, lo que van a mirar para calcular tu prestación, es la cotización de los tres último meses, no contando en absoluto lo que haya pasado antes. Es un tanto grotesto... imagina que puedes haber estado cobrando durante por años un sueldo de 2000 euros al mes, pero de pronto por cualquier cosa tu sueldo baja a 800 euros, y después de tres meses te quedas en paro... pues tu prestación se va a calcular en base a esos 800 euros, sin contar para nada los 2000 que has estado cobrando anteriormente... y viceversa, que también se pueden hacer "trampas" para engordar la prestación.
No sé si te he respondido... en caso de haber sido poco claro (tengo el día un poco espeso) te ruego que me lo comuniques y trato de esforzarme un poco más...
Suerte y un saludo.

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