Días laborables para jornadas de lunes a domingo

A mi marido le corresponden en su empresa 3 días laborables por paternidad más los 13 nuevos que da el estado. La duda radica en que su jornada laboral es de lunes a domingo, aunque haya semanas que trabaja dos días, otras 4 y otras 5, dependiendo de los turnos. Quería saber qué tenemos que entender por laborables en este caso. Si yo diese a luz (por ejemplo) un lunes y a él no le tocase entrar a trabajar hasta el viernes siguiente, ¿cuándo tendríamos que entender esos 3 días laborales? Supongo que serían martes, miércoles y jueves, pero nos gustaría asegurarnos.

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En tu pregunta, tienes la respuesta, casi concreta.
Los días de permiso, considerados como laborales, hay que entenderlos como, los días en que el trabajador tiene que prestar su labor. Por lo tanto y siguiendo con tu ejemplo, si tu das a luz un lunes, y tu marido, no prestaría su trabajo hasta el viernes, sus tres días laborables, serian viernes, sábado y domingo, ya que el resto de días, para el serian considerados como festivos, ya que por su trabajo, no dispone de domingos, ni festivos.
Esto lo tienes que ver con desde el punto de vista del trabajo de tu marido, pero a la vez, comparándolo con otro trabajo, que la jornada semanal sea de lunes a viernes, por ejemplo.
Si tu marido tuviera una jornada de lunes a viernes, que pasaría, si tu dieras a luz un sábado, que serian sus tres días de permiso retribuido, es decir pagado. Pues serian los días que el fuera a trabajar, que serian, lunes, martes y miércoles.
Pues el mismo concepto, para tu caso y el del trabajo de tu marido.
Ten muy presente que cuando se dice días laborables, son los que tu marido, debe trabajar, y como dices, dependiendo de la semana y del turno, trabaja unos días u otros, pues ya sabes, cuando llegue el momento, dependiendo de cuando des a luz, y su ttruno, pues tendrá el permiso los tres días siguientes laborables.
Cuando decidas terminar.
Muchas gracias por tu respuesta levantino, pero creo que su jefe no lo ha entendido igual. ¿Podrías decirme alguna norma (decreto, ley o algo por el estilo) donde esto quede bien claro? Me refiero a que laborables se refiera a días efectivos de trabajo según los diferentes turnos.
Te lo agradecería muchísimo.
Un saludo.
La legislación, hace mención a la JORNADA DE TRABAJO, que después, por alguna que otra deformación, en algunos convenios, se refiere a DÍAS laborales.
El Estatuto de los Trabajadores, en su articulo 34, hace mención a la JORNADA, refiriéndose a la jornada de trabajo, o laboral.
Pero en el articulo 37, del Estatuto, donde hacen mención a los permisos, es donde hace referencia a los DÍAS.
Por lo tanto, si el Estatuto, en su articulado, referiendose al tema de los permisos retribuidos, hace mención a los DÍAS de permiso retribuido, por diferentes derechos, esto se tiene que tomar tal y como se recoge en el mismo, como días.
Estos días cuando coinciden con los días de trabajo, se le denominan días laborales.
Cuando no coinciden con los días de trabajo, son los días naturales.
Que significan los días naturales, que se contabilizan todos los días, sean estos festivos, laborales, o no laborales, como sábados y domingos, para algunos colectivos.
Si el convenio de tu marido, dice tal cual, que son tres días laborales, no hay más vueltas que dar, estos son días que tu marido tenga que prestar trabajo. Los otros días que tu marido no tenga la obligación de asistir a su trabajo, para el serán de descanso, como para otros lo son, los sábados y domingos, o festivos.
Si quienes negociaron estos acuerdos en el convenio, por el cual se rige tu marido, no hubieran querido establecer ninguna diferencia, entre días laborales y no laborales, hubieran puesto en ese articulo de permiso por nacimiento de hijo, tan solo tres días, sin más matizaciones, al menos yo lo entiendo así.
Pero mira lo que se puede hacer es una consulta a la COMISIÓN PARITARIA del convenio, a quienes negociaron lo que dice el mismo, de forma que estas personas, y mediante escrito, comuniquen que querían decir y que se dice, así tanto tu marido como su jefe, lo tndran claro. Aunque insisto, yo lo tengo muy claro, y cualquier persona que le preguntes, sobre que es un día laborable, y un día no laborable, lo tendrá igual de claro.
Pero, por poner alguno, la empresa, como es normal, pensara tan solo en su interés, y barrera para su cas, como se sule decir, de forma que querrá tener la razón, pero se equivoca, de pleno.

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