Incorporación tras una baja laboral permanente

Una compañera acaba de recibir el resultado del tribunal y le han concedido la baja laboral permanente con el 55% y la incapacidad total para ejercer su puesto de tgrabajo.
La empresa, en contra de lo que dice el convenio, en vez proporcionarle otro puesto de trabajo que ella pueda hacer, directamente la ha echado.
¿Puede hacer esto la empresa? ¿Qué derechos tiene la trabajadora en cuestión?
¿Qué pasos debe de dar la trabajadora?
Atentamente. Gracias

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Si le dan la total permanente, la empresa puede rescindir su relación laboral finiquitándole. Si en el convenio pone que en estos casos le ha de dar otro puesto,(yo no he visto ninguno pero no dudo que puedan haberlos), entonces la empresa tiene 2 opciones, o le da otro puesto de trabajo en el que si pueda realizar el trabajo con su invalidez, o si alega que no hay puestos para sus características, realizar un despido por causas objetivas con indemnización de 20 días por año hasta el máximo de 12 mensualidades.
Si demostraseis que si hay un puesto que puede ocupar, entonces la indemnización seria de 45 días pro año hasta el máximo de 42 mensualidades.
Por favor finaliza la respuesta, gracias

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