Contrato de interino

Recientemente entre en una empresa de Telemarketing con un contrato de interino para sustitución de una baja. Cuanto tiempo puedo estar como máximo con este contrato, en el caso de que el trabajador sereincorpore es necesario con tuanto tiempo me pueden avisar de que el contrato se extingue. Y en el supuesto que no se reincorporara tendrían que avisarme. Muchas gracias de antemano.
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Respuesta
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Un contrato de interinidad sólo puede realizarse si estás sustituyendo a otra persona (normalmente está enfermo, de baja por meternidad o de vacaciones). Los contratos de interinidad duran lo que la persona sustituida este ausente de la empresa. Por tanto siempre que haya alguien a quien sustituir podrán hacerte este contrato. Cuando un contrato de interinidad finaliza éste se liquida sin derecho a indemnización (otros contratos eventuales obra o servicio y circunstancias de la producción tienen 8 días de indemnización por año trabajado) Si en algún momento la persona sustituida no vuelve y tu continuaras trabajando el contrato se presume indefinido. Lo importante de este tipo de contrato es que haya una persona sustitutida y una vez ésta se reincorpore el contrato expira sin derecho a indemnización y sin necesidad de preaviso.
No olvide finalizar la pregunta si no tiene más dudas.
Muchas gracias por contestar tan rapido, ¿entonces yo puedo llegar un día al trabajo y encontrarmen con la persona que estoy sustituyendo? Y como se yo que la pernona que estoy sustituyendo no vuelve y yo sigo realizando el mismo trabajo, ¿la empresa esta obligada a comunicarlo? Muchas gracias de nuevo por la rapidez en contestar.
Si llegando el término o exactamente producidas las causas de extinción el trabajador continúa prestando servicios sin que medie denuncia, el contrato de interinidad se transformara en otro de carácter indefinido al desaparecer la causa del contrato de interinidad que es la sustitución de un trabajador ausente. Por lo que entiendo que aunque la empresa no te ha de dar un preaviso establecido legalmente, si te lo comunicara para que no coincidáis, eso tenlo por seguro.
Si la persona a la que sustituyes no volviera por alguna razón, baja voluntaria, despido, reso-
Lucion de I.t para una incapacidad temporal, etc.. tu contrato se extinguiria igualmente. La empresa te lo comunicara por la cuenta que le trae por que si no tu contrato estaria en fraude de ley y pasarias a indefinida.
Muchas gracias de nuevo por la rapidez, por ultimo hay un tiempo máximo para estar de baja. Creo que la persona a la que estoy sustituyendo ya lleva tres meses.
Se puede estar como máximo 12 meses prorrogables a 6 meses más si se advierte que la dolencia se puede curar, sino se pasaría un tribunal medico que le reconociera para una incapacidad temporal.
Muchas gracias por todo, ya tengo las cosas totalmente clara.
Ademas de bien explicadas las respuestas más rapido imposible.
Un saludo.

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