Despido después de mi baja de maternidad

Hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente llevo trabajando en una empresa desde 1992 en el año 2006 mi jefa hizo una sociedad limitada y me respeto la antigüedad desde 1998 y ahora vuelo de la baja de maternidad y me despide! Lo que quiero saber si tengo más antigüedad tengo los contratos y las nominas desde 1992 y el finiquito que me ofrece es solo de 10 años pero claro llevo 16 años lo cual no me cuadra lo que me ofrece que puedo hacer el lunes recibiré la carta de despido por favor ayudame gracias

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Dependerá de lo que diga en la carta (tipo de despido). Si lo reconoce como improcedente (45 días por año de indemnización) entonces sólo puedes demandar contra el importe del finiquito, es decir demandar exigiendo el abono de 16 años de antigüedad. Dependerá de los tipos de contrato que tuviste, por si están en fraude, que puedas ganar o no. Si es un despido por causas económicas (20 días por año) o disciplinario (0 días) entonces demandas por improcedente. En cualquier caso tienes 20 días hábiles de plazo.
Si quieres impedir el despido creo que puedes hacerlo. No firmes ni recojas la carta de despido y hoy mismo (aunque sea domingo) le mandas una comunicación (burofax o telegrama, creo que hay servicio telefónico los festivos, y si no mañana) en la cual dices: "Fulanita comunica a Menganito que a partir de mañana voy a ejercer mi derecho a la acumulación del permiso de lactancia hasta el día X. Madrid a tal de tal..." En cuánto al cálculo del número de días de acumulación de lactancia, si en tu convenio no dice cuántos son exactamente entonces te haces esta cuenta: la lactancia es una hora por día laborable, por tanto cuentas los días laborables que tendrás desde que empieces la acumulación hasta el día que el niño cumpla 9 meses. Eso son las horas totales de acumulación de lactancia. Entonces lo divides por el nº de horas que trabajas al día (sin contar las horas extras ilegales) y te saldrá el nº de días laborables que tienes de permiso acumulado de lactancia.
El objetivo de este burofax es entrar en protección contra despido. Antes de que se acabe la acumulación debes iniciar el proceso de reducción de jornada (explicado en mi web) para mantenerla hasta que tu hijo tenga 8 años. Si la carta de despido es en mano, no la firmes bajo ningún concepto hasta el día después de mandar el burofax o telegrama, ni aunque sea poniendo no conforme. CUando lo mandes la puedes firmar, poniendo "no conforme" y el día real en que firmas. Si te la ha mandado por carta certificada, aunque sea con acuse de recibo, entonces la puedes recoger y luego en el juicio alegar que no era una carta de despido, sino cualquier otra cosa que se te ocurra. Ella no podrá probar el contenido. Si te ha mandado un burofax pues entonces has perdido: estás despedida. Si la gente se informara mejor antes de que pasaran las cosas (para eso están los libros e internet)...
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