¿Corresponde incapacidad?

Me gustaría saber si me corresponde una incapacidad permanente.
Yo tuve un accidente domestico a los 17 años de edad, perdí la visión total del ojo izq. El caso es que llevo trabajando y cotizando en una empresa 26 años, ahora tengo 47 años, y nunca he tenido problemas para desempeñar mis funciones como trabajador aunque reconozco que algunas veces si he tenido dificicultad para realizar alguna tarea ejemplo, (conducir vehículo de empresa en nocturnidad) y actualmente llevo personal a cargo.
Quiero informar que en el reconocimiento médico de hace 26 años, el certificado está "ACTO" pues solo me mandaron leer con los dos ojos, y pruebas de daltónico, con lo que no tuve problema alguno.
También quiero informar que desde que llevo realizando la nueva categoría laboral (2 años) se lo he informado al médico de empresa de la pérdida de visión del ojo, al cual no hace, ni dice nada, el reconocimiento de la categoría actual es también "ACTO".
Si solicito la incapacidad ahora, ¿me correspondería después de 26 años del hecho causante?.
He pedido los informes en el hospital que estuve ingresado y me han contestado que no existe nada, que es de hace mucho tiempo y que se han destruido los informes muy antiguos que no tenían actividad

2 respuestas

Respuesta
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Me comentas que perdiste la visión total del ojo izquierdo pero no me concuerda con el hecho de que hace 26 años en el reconocimiento de empresa te mandaron leer con los ¿dos ojos?
Sobre el tema que me preguntas el procedimiento de incapacidad se puede iniciar a instancia del trabajador en cualquier momento siempre que te encuentres en situación de baja. Por el hecho que me relatas y que no afecta a tu trabajo no podrás solicitar la incapacidad porque te permite seguir trabajando, es decir la incapacidad es no poder realizar el trabajo habitual cosa que tu si que haces. Lo único que podrás tramitar es el reconocimiento de una minusvalía que dependiendo del porcentaje que te asignen te afectará a tu nomina ya que lo que se hace es que te disminuirá tu retención y, por lo tanto, tus ingresos netos serán mayores. Esa solicitud se hace ante la Inspección Médica.
Después de 26 años cualquier reconocimiento de minusvalía no se otorga con efectos retroactivos sino desde la fecha en la que la has solicitado
Muchas gracias por responder, y perdón por no haberme explicado bien... cuando digo me mandaron leer con los "dos ojos" quiero decir que me mandaron leer con los "dos ojos a la vez". Por eso no tuve problemas.
Con relación a " iniciar a instancia del trabajador siempre que se encuentre en situación de baja" pues no lo tengo muy claro porque según " seguridad social" " trabajadores" " Concepto" dice... que Incapacidad permanente es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Creo que la pérdida total de visión de un ojo disminuye mi capacidad laboral.
Cuando dices que"por el hecho que me relatas y que no afecta a tu trabajo no podrás solicitar la incapacidad porque te permite seguir trabajando", estoy totalmente desacuerdo, si te refieres a incapacidad total o absoluta, pero que hay de la incapacidad parcial" que dice... Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma. (Yo tengo disminución pero puedo hacer las tareas fundamentales)
Te informo que me acaban de reconocer una minusvalía del 42% (tengo otra dolencias...) pero lo que quiero aclarar es el tema de la visión... que sigo sin tenerlo claro, pues lo que pretendo es que me reconozcan una incapacidad parcial y no sé como enfocarlo, puesto que la incapacidad total a mi no me interesa.
Mis más sinceras felicitaciones por preocuparte de ayudar a las personas sin ningún tipo de interés.
Saludos.
Perdona pero cuando hablo de incapacidades siempre me refiero a la total o a la absoluta. Evidentemente que puedes pedir la parcial y te la darán sin problemas entiendo ya que tienes reconocida una minusvalía del 42% (a eso me refiero cuando te digo que te afectaría en lanomina puesto que te bajaría la retención)
Respecto a la capacidad laboral no discuto que la perdida de un ojo la disminuya pero sin embargo los reconocimientos te dan apto para trabajar cuando en función de ellos te deberían de catalogar como apto con reservas (que limita que algunas funciones de tu trabajo no puedes hacerlas al 100%)
Para solicitar la incapacidad parcial el procedimiento es el siguiente: has de rellenar una solicitud de inicio de procediiento de invalidez ante la Inspección Médica (acercate allí y ellos te darán los papeles que has de rellenar así como la información médica que has de aportar como informes, etc). Tra esa soilicitud se te llamará a pasar un tribunal Médico quien determinará que tipo de invalidez tienes.
Respuesta
Creo que para esto deberías consultar con un abogado de tu sindicato, que es quien mejor te puede orientar en este tema

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