Distribución horaria en una reducción de jornada

Pertenezco al convenio colectivo de comercio vario de A Coruña y mi jornada anual es de 1800 horas. Mis horarios son: Lunes-Jueves: 6 horas / Viernes y Sábado: 8 horas
Quiero reducir mi jornada 1/8 y empezar con ella el 1 de septiembre. Para calcular la media de horas diaria que tendría que trabajar dividí el numero de horas anual que me correspondería (1800 h. - 1/8) entre el número de días laborables (descontando festivos, vacaciones y domingos). No sé si esta es la forma correcta de plantearlo. El caso es que me sale una media diaria de 5 horas 30 minutos, aproximadamente. Esto no coincide con las 35 semanales de las que todo el mundo habla pero si hiciese las 35 horas semanales estaría pasándome en el cómputo anual. A mi me sale un total de 33 horas semanales. ¿Estaría bien hecho esto si lo que quiero es la reducción de 1/8 sobre la jornada anual o debo cumplir con las 35 semanales aún pasándome del cómputo teniendo que darme el exceso de jornada en tiempo libre la empresa?
Lo he consultado en el sindicato pero no veo que nadie lo tenga muy claro. Incluso me han dicho que así cobraría a razón de las 33 horas cuando yo entiendo que lo que cobraría sería el sueldo correspondiente a las 1800 horas menos 1/8 de dicho sueldo, partiendo siempre de los cálculos anuales.
Gracias por adelantado a esas respuestas con las que cuento.
Respuesta
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Puedes tomar varias opciones pero lo que debe cuadrar es el cómputo anual, por lo tanto si reduces 1/8 tu jornada al año debes hacer 1575 horas.
Una forma de reducirlas puede ser partiendo por el cómputo semanal, por lo tanto realizando semanalmente 35 horas, e ir controlando diariamente las horas realizadas para compararlas con el número a realizar anualmente (1575) y en su momento regularizar, dándote en tiempo libre las horas que realices de más.
Gracias por la rapidez en la respuesta. Aún tengo una duda y es si en vez de tomar la opción que me pones de ejemplo (hacer las 35 horas y después regularizar), ¿puedo ya hacer las horas exactas, aunque resulten menos de 35, y mi sueldo sería el mismo en ambos casos, es decir, 1/8 del sueldo que percibo ahora, con la jornada ordinaria?
Una solución podría ser hacer el número de horas exactas, pero para eso debes partir teniendo en cuenta todos los días laborables por adelantado y hacer el cálculo, para que la jornada sea exacta posiblemente tendrías que trabajar hasta minutos para poder cuadrarla, y evidentemente si la reducción de tiempo es de 1/8 la reducción salarial será también de 1/8.
Lo normal suele ser reducir 1/8 la jornada establecida por calendario laboral, entiendo que esto es más correcto porque es el calendario establecido, y a partir de aquí regularizar como también tendrán que regularizar tus compañeros si no les cuadra el horario.
Muchas gracias bergenz por tus respuestas. Me has ayudado mucho porque no sabía bien como plantear esto. Finalmente optaré por hacer las horas exactas ya que en mi empresa, entre otras cosas que no hacen bien, no nos dan el calendario laboral con nuestros turnos. Por fin hemos logrado que nos vayan dando los horarios de mes a mes, con lo cual no sería necesario esperar a regularizar ya que no están fijados de antemano.
Es la primera vez que participo en todoexpertos y estoy muy satisfecha con el resultado, por el interés y rapidez con que me has contestado. Una vez más, gracias!
Un saludo.

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