Cambio de lugar sin cambiar de contrato

Y situación:
Estoy trabajando para una empresa de servicios desde junio del 2006, a la hora de realizarme el contrato por obra y servicio, se indica que el lugar de trabajo va a ser en una compañía, llemémosla A, pero al cabo de unos 10 meses me mandan para otra empresa llamada B, totalmente diferente, realizando casi casi las mismas funciones (no me importaba por que estaba cerca la empresa A de la B), pero no me dicen nada de cambiar el contrato ni nada por el estilo ni subida de sueldo ni nada, yo no comente nada por si acaso me tocaban algo del sueldo o algo, pero resulta que ahora me están solicitando el cambio a otra empresa llemémosla C, que esta a mi parecer más lejos (dentro de mi misma ciudad), y a mi no me interesa mucho, aunque me dicen que me van a pagar un poco más al año y poco más, yo les he indicado que no estoy de acuerdo con el traslado, ya que en la empresa en la que estoy (la B) no han tenido ninguna queja contra mi, más bien lo contrario, me comentan que es una especie de promoción y tal, y que si no acepto es posible que me manden a la calle, todo esto hablado, no tengo ninguna notificación por escrito.
La pregunta es que si yo tengo un contrato por obra y servicio y me despiden, ¿tengo derecho a indemnización?
¿Puedo denunciarles por tener un contrato donde se indica específicamente la empresa a la que voy a dar servicio y estar en otra empresa?
¿Me tienen que avisar ellos a mi con 15 días o yo a ellos del despido o la renuncia?

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Antes que nada, el salario y los pluses los ORDENA el convenio aplicable a la actividad que estás haciendo.
1- Sí, porque la obra o servicio no existe al haberte cambiado de empresa destino. Lee "el finiquito" de mi web.
2- Lo mismo que 1. Has pasado a ser indefinido y lo tuyo es un caso de cesión ilegal de trabajadores. Si tu empresa contratante realmente sólo se dedica al "alquiler" de trabajadores y no tiene actividad propia real en tus, de trabajadores entonces puedes conseguir elegir entre contrato indefinido con tu empresa o bien con la de destino.
3- 15 días si fuera contrato temporal válido... pero como no lo es aunque den el aviso el despido es improcedente. Tú sí que tienes que dar preaviso, con el nº de días que diga el convenio.

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