Incorporación tras maternidad

Tengo un contrato por obra y servicio con un trabajo clarammente especificado(lo realizo en otra empresa) desde 11/2002 y el año pasado tuve una niña me fui de baja por maternidad y al volver a mi puesto de trabajo me indica la empresa que no voy a trabajar más Allí, que hay otra persona desarrollando mi trabajo. La empresa me indica que debo trabajar en la sede de la empresa (cosa que nunca he hecho en estos años)y desarrollar un trabajo que nada tiene que ver para lo que me contrataron y que no me interesa.
¿Puede la empresa hacerme esto? ¿Qué medidas puedo tomar? En espera de noticias.

3 respuestas

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Es evidente que al cambiar tanto el centro de trabajo como las tareas establecidas en contrato, éste se deviene en fraude de ley y pasas a ser indefinida. Si se tratara sólo de esto, podrías interponer una demanda de reconocimiento de derecho solicitando se reconozca la relación indefinida, pero el asunto es que a ti no te interesan estas nuevas condiciones, que además suponen una modificación sustancial de las acordadas, así pues entiendo que deberías solicitar extinción del contrato por modificación sustancial de las condiciones laborales, correspondiéndote una indemnización de 20 días de salario por año de servicio.
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Lo raro es que te contrate una empresa y realizaras el trabajo en otra. Lo que hay que mirar es el CIF de la nómina que corresponda con la sede de la empresa donde trabajas ahora.
Realmente si su sede es esa no te puedes negar a trabajar allí, pero desde luego que si no estás realizando el trabajo especificado en el contrato de obra entonces lo que sucede es que ese contrato está en fraude de ley.
Tú no tienes que demostrar que ese trabajo no lo estás haciendo, sino que es la empresa la que tiene que demostrar que lo estás haciendo.
Si en la descripción del trabajo también estaba el lugar (la otra empresa) pues lo mismo.
Entonces lo que pasa es que el juez declara el contrato temporal en fraude, con lo que SE CONVIERTE EN INDEFINIDO.
Si en el mismo proceso tú puedes demostrar que trabajabas en la otra empresa con un horario POR (eso sí tienes que probarlo tú) entonces el contrato indefinido será con esa otra empresa. Si no puedes probarlo entonces el contrato indefinido será con la empresa en la que estás ahora.
www.laboro.es.gd
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Sería un cambio sustancial en las condiciones de trabajo lo que supone despido y 20 días por año trabajado, te lo han de avisar con un mes.

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