Derechos de empleado autónomo

Soy socio en una s.l. (somos tres propietarios) en la Coruña, cada uno tiene un puesto de trabajo en la empresa, por lo que cobra un sueldo por nómina, aunque el seguro es autónomo y lo paga la empresa.

Uno de los socios es el gerente de la empresa, y últimamente se pasa el día amenazando con despedirme. Se que puede hacerlo, pero como autónomo ¿tengo indemnización por despido? Llevo más de 20 años trabajando en la empresa. Se que no tengo derecho a paro, pero no se si tengo derecho a indemnización por despido, y en caso de despedirme, puedo exigir un alquiler por mi parte de la empresa.

Respuesta
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El socio gerente no puede despedirte porque tu no eres trabajador por cuenta ajena de la empresa sino autónomo que ejerce una actividad de forma personal, habitual, directa y a título lucrativo. Disposición adicional 27 de la LGSS.

Por tanto vuestro compañero socio gerente no puede despedirte porque tu vinculación como autónomo lo impide.

No existe la figura legal del autónomo despedido. Despedido solo puede ser un trabajador por cuenta ajena.

Otra cosa sería que por ser el gerente socio mayoritario de la empresa tuviera reconocido poder para cesar en la actividad a alguno de los compañeros socios. En ese caso no tendrías derecho ni a indemnización de despido ni a paro ya que eres autónomo y esos 2 conceptos son de trabajador por cuenta ajena.

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