Herencias

Hola amigos
Mi madre ha fallecido hace 5 meses y me enterado que hizo testamento dejando herederos a sus 6 hijos y a mi padre como usufructo
El problema es que el piso tiene una hipoteca de mayor cantidad que su valor y encima varios prestamos personales, mi padre con su pensión no puede pagar nada.
4 de mis hermanos son insolventes y solo dos (que uno es avalista total) tenemos vivienda propia
Yo quiero renunciar a la herencia pues lo hicieron sin avisarme de nada.
¿Qué consecuencias puedo tener, me pueden tocar mi vivienda si también esta a nombre de mi esposa?
Como puedo renunciar a esta herencia y como lo hago
Un desesperado

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No se desespere que como dice el dicho popular y permítame la expresión, hasta el rabo... todo es toro.
El art. 988 del Código Civil regula conjuntamente la aceptación y repudiación de la herencia. El llamado a una herencia expresa su intención de no querer se heredero del causante y se caracteriza por:
a) Ser pura y libre, nadie puede ser obligado a repudiar la herencia
b) la renuncia no puede someterse a condición, o término, ni hacerse en parte, es decir, se renuncia a toda la herencia, por lo que no cabe aceptar una parte y repudiar otra.
c) Es un acto irrevocable, por lo que una vez renunciada el llamado no puede volverse atrás.
La fórmula jurídica de darle forma es a través de instrumento público o auténtico (declaración de voluntad prestada ante notario) o por escrito prensentado ante el juez competente para conocer de la testamentaria.
Si no hay acreedores de la herencia (no acreedores del heredero que es cosa distinta) en que el juez fije un plazo al llamado para que manifieste si acepta o renuncia, éste tiene un plazo de 15 años, por tratarse de una acción personal que no tiene plazo especial fijado expresamente por la ley. Se puede renunciar a una herencia y aceptar los legados que el causante haya dispuesto.
Queda explicado como puede usted renunciar a su condición de heredero, pero tenga en cuenta que si sus hermanos aceptan, lo hacen con los activos y los pasivos, es decir, se hacen cargo de las deudas de su padre y si el caudal hereditario no es suficiente para cubrir el importe de lo que se reclame, respoderán con su propio patrimonio hasta cubrirlo.
Mucho cuidado con éste asunto, por lo que les aconsejo antes de tomar decisiones que pueden cambiar una vida, pongan el asunto en manos de un Abogado, para que les indique que pueden y que no pueden hacer.
La manifestación de voluntad de renuncia, ante notario, tiene validez en todo el territorio español independientemente del municipio donde se encuentre.
Ruego cierre la pregunta y valore

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