Ejecucion de cuadeno particional

Hola.
Mi madre falleció hace unos meses y mi padre y yo ya hemos hecho el cuaderno particional ante notario y enviado la liquidación del impuesto de sucesiones.
Mi padre y yo ya hemos ido al banco a traspasar a mi nombre alguno de los bienes incluidos para mi en el cuaderno particional ( casi todo eran cuentas corrientes y depósitos que en el banco estaban a nombre de mi padre y de mi madre).
No tengo especial prisa por cobrar el resto de los bienes pero lo que me preocupa y quiero saber es si hay un plazo legal para que yo reclame poner esos bienes a mi nombre y si yo no reclamo nada en ese tiempo si puedo llegar a perder mi derecho sobre ellos.
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Entiendo se trataría de acciones personales con lo que tienes un plazo de quince años, que no obstante al tener documento publico suficiente para realizarlo, pues es un plazo que no empieza a correr. Te recomiendo hagas esta misma pregunta a la Notaria o profesional que os haya ayudado en la realización de los tramites.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas