Herencias

Voy a preguntar de otra manera:
Matrimonio con dos hijos en régimen de gananciales adquieren un piso.
A los 5 años, la esposa y madre de los 2 críos, fallece sin testar.
¿En qué proporción pasaría la herencia de ella a hijos y cónyuge?
30 años después muere el padre con testamento indicando en él que el único bien existente es el piso y algún dinero (más bien poco).
Si se considera herencia sin testamento de la madre a los hijos y cónyuge. Este último, al hacer el testamento, tendría que tener en cuenta que existe o debe existir una parte de los hijos y otra de él.
Por lo tanto el testamento, cuando se lea ¿a qué parte del bien, inmueble, debe hacer referencia?
En resumidas cuentas:
- A la muerte de la madre que le quedó a los hijos
- A la muerte del padre, en el testamento hecho por éste, que parte se considera como testada a los hijos (todo o su parte)

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En primer lugar, si la madre fallece sin testar, al cónyuge le quedaría el usufructo vitalicio del 50% de la vivienda de la madre, mientras que a los hijos las nuda propiedad del 50% de la vivienda de la madre, dividida por partes iguales.
Cuando se lea debe hacer referencia a su usufructo del 50% que se extingue con el fallecimiento, y a su 50% de propiedad.
A la muerte del padre, se considera testada su parte a los hijos, salvo que estos fuesen menores de edad cuando falleciese la madre, en cuyo caso el padre tiene la obligación de cuidar la parte de los hijos para cederla a ellos cuando alcancen la ma´yoria de edad.

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