Modalidades Prueba de acceso Grado Superior

Necesito resolver una duda respecto a las Pruebas de Acceso a Grado Superior.
Tengo aprobada la prueba de acceso a grado superior en país vasco para las modalidades de Mecánica, textil, mueble, etc... He cursado alguno de esos módulos pero no he aprobado ninguno ni me llaman.
Ahora quiero realizar uno de Informática pero mi prueba de acceso que ya tengo no me permite el acceso a ese modulo, la pregunta es la siguiente:
¿Debo realizar la prueba de acceso completa para esa familia de módulos?
¿Podre realizar solo la parte especifica para esa familia ya que tengo la parte general aprobada?
Respuesta
1
La legislación es autonómica por lo que me cuesta darte con certeza total para todas las comunidades, en principio no te tendrías que examinar de la parte común, solo de la parte especifica.
Por ejemplo en andalucía
Lo que dice de las convalidaciones entras en el apartado C:
Exenciones a las pruebas de acceso de grado superior
a) Quedarán exentos de la realización de la totalidad de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
b) Quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso quienes se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
Estar en posesión de un titulo de Técnico relacionada con aquél al que se desea acceder.
Acreditar una experiencia laboral de al menos el equivalente a un año con jornada completa en el campo profesional correspondiente a alguna de las familias de la opción por la que se presentan. Para justificar esta situación será necesario aportar el certificado de la Tesorería de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral para los trabajadores por cuenta ajena o el certificado del periodo de cotización en el Régimen especial de trabajadores autónomos o certificado de la inscripción en el censo de Obligados Tributarios en el caso de los trabajadores por cuentra propia.
c) Quienes acrediten mediante certificado del centro en el que realizaron, haber superado la prueba de acceso a un ciclo formativo de grado superior en convocatorias anteriores a la publicación de la presente Orden y deseen acceder a un ciclo formativo distinto, quedarán exentas de realizar la parte común de la prueba.
d) Quedarán exentas de la realización del mismo, aquellas personasn que acrediten mediante certificación académica tener aprobadas las materias de bachillerato que corresponden a un ejercicio de la prueba de acceso.
Pero certeza total no te puedo dar.

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