Cliente impago deuda por no estar al corriente de pago

¿Mi problema es que tengo un cliente que me debe 36.000?, pero me reclama el certificado de estar al corriente de pagos para pagarme esa deuda y no lo estoy ante la seguridad social, aunque por una deuda menor, que no puedo hacer frente si no me paga esta deuda. La deuda es contraída por venta de material.
¿Puedo reclamarle la deuda independientemente de estar al corriente de pagos?
El cliente me contesta que tiene a mi disposición pagarés por el importe de las facturas adeudadas a espera de recibir dicho certificado, ¿esto es legal?

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Respuesta
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Es común en algunas empresas para cubrirse en salud las responsabilidades civiles de los trabajos realizados. No lo tiene muy difícil si la deuda es menor.
Vaya a la Seguridad Social, negocie un aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social. Eso no le costará más que una hora en la Delegación de su zona. Como va a conseguir el aplazamiento en el momento, obtenga después de firmar el documento el certificado de estar al corriente, que le emitirán al momento.
Un aplazamiento lleva la consecuencia de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
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Pero si no es subcontrata simplemente es un cliente al cual le vendo material ¿es legal que me pida este certificado?
Vaya a lo sencillo. Aunque usted tenga razón va a pasarse pleiteando durante meses, gastando dinero. Conseguir el certificado le va a costar "cero" y le van a pagar.

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