Dudas sobre la declaración de ingresos en facturas y la cantidad de impuestos a pagar

No sé si me equivoco, pero creo que si declaro directamente los ingresos que voy a percibir, en una sola factura, de 330000 euros, en la Declaración IRPF 2008, pagaría de impuestos un 18% que ya me retendrían más aprox. Un 20% del ingreso bruto que me saldría a pagar en renta. Es decir, un total aproximado de 65.000 Euros, que tengo que restar a los 330.000.
Si hago una S.L. Con mi esposo, ¿cuál sería el importe aproximado que tendría que pagar por esa cantidad?
Mi esposo también es profesional por cta. Propia y también tributa por Est. Dta. Simplificada.
Gracias de antemano.
Respuesta
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Cuando hablas que vas a hacer una factura de 330.000 euros, entiendo que será todo beneficio, que no va a haber ningún gastos para compensar. Al decir que te retendrían el 18% supongo que te habrás confundido, ya que la retención de los profesionales es el 15%, la retención del 18% es de los intereses bancarios. Lo que está claro que si das un beneficio de ese nivel en la renta pagarás el tipo máximo que, en función de las comunidades autónomas, está sobre el 45%.
Si constituyes una sociedad limitada, por el impuesto sobre sociedades se paga en las empresas de reducida dimensión el 25% de los primeros 120.202 euros y el 30% del resto. Como ves, en esta segunda forma se paga menos pero también tienes que pensar como te vas a llevar el dinero para poder disfrutar de el, habría que hacerlo mediante nóminas de forma que se llevaría parte a la renta, mediante reparto de beneficios o facturando vosotros como profesionales a la sociedad.
Entiendo que si con con dinero lo vas a dejar invertido, la constitución de la sociedad sale más rentable, si os lo queréis llevar a vuestro nombre, puede haber más problemas, si quieres preguntarme dudas o temas más concretos trataré de ayudar.
Muchas gracias, de verdad, me has sido de gran ayuda.
Es cierto, perdona, la retención prof. es del 15%.
Sí me refiero a que la cantidad son beneficios. Se trata de una cantidad que nos abonan por unos trabajos realizados a lo largo de un año y que tenemos que emitir una factura por ese importe.
Según lo que me informas, si hacemos una sociedad, no podemos tener acceso a ese dinero para disfrutarlo personalmente, ¿no? Porque, claro, lo que tenemos intención de hacer con este dinero es "tapar los agujeros". Para esto, lo mejor es tributar en IRPF y, aunque el porcentaje sea más alto, tenemos disponibilidad, ¿no?
Reitero las gracias y te envío un saludo,
Correcto, si lo facturas mediante la sociedad el dinero es de esta y no vuestro, para llevároslo tendríais que hacer nóminas que irían a la renta, por lo que al final se quedaría todo igual, por lo tanto si os vais a llevar el dinero para como dices "tapar agujeros" no os recomiendo la sociedad, además de los trámites administrativos y costes de constituir y mantener la sociedad.

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