Impuestos

¿En el supuesto de una endidad exenta en el impuesto sobre sociedaes que ocurre con las retenciones que le haya practicado una entidad bancaria al pagar interese? ¿? ¡''

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a) Me imagino que te refieres a las entidades "parcialmente exentas", ya que las totalmente exentas son el Estado, el Banco de españa, la SS, etc., y no creo que te pregunten por esas...
b) En cuanto a las "parcialmente exentas" (fundaciones, asociaciones, ongs, etc), los rendimientos bancarios son renta no exenta, y tributa como cualquier otra. Ya que su tipo impositivo es el 10%, y las retenciones son el 18%, Hacienda devuelve ese exceso de oficio, por Ley.
c) Sin embargo, la propia Hacienda estableció una "trampa", declarando actividad exenta los primeros 20.000 euros de ingresos de actividades económicas no exentas. Con eso, en la práctica, las pequeñas Fundaciones etc que cobran poco dinero por rendimientos bancarios, al no considerar estos rendimientos como renta, y "concederles" la exención, dichos rendimientos no se integran en la base imponible y no se declaran. Entonces hacienda no devuelve las retenciones soportadas, ya que dichas rentas no están sujetas al impuesto. No sé si me he explicado...
Espero que te sirva... suerte! R.

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