Tipo de retención de un autónomo

Soy autónomo y trabajo en una empresa unipersonal (el único socio soy yo).
Habitualmente en la nómina me practican (mi asesor)una retención del 23 por ciento. Es decir, mi empresa me paga en mi nómina POR y me retienen un 23 por ciento.
La cuestión es "de dónde sacan ese 23 por ciento". Hace un tiempo era menos, del orden del 13 por ciento. ¿Viene establecido en alguna ley? Otra pregunta: ¿Este porcentaje se revisa y con qué frecuencia?
Mi situación es la siguiente: soltero, sin discapacidad, sin cargas familiares, también trabajo como profesional (es decir, facturando como profesional autónomo, no a través de la empresa) y tengo unos pocos ingresos por esto.
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Lo siento mucho por la tardanza.
Los datos del IRPF se establecen por escalas de salarios brutos anuales y por tu situación familiar/personal.entra ek wwww.aeat.es, en descargas de programas y luego descarga retenciones de irpf 2005 y vas metiendo los siguientes datos;
1º-en datos personales te buscas en una de las situaciones.
2-Datos económicos introduces toda la base de irpf de todo el año, lo puedes ir sumando de la vbase de las nominas y los gastos de deducibles, son lo que tu aportas a la seguridad social, es decir tu recibo de autónomo.
Luego le das a calcular y te sale el irpf y la cantidad de retención que te tuvieron que hacer en 2005. Si no te cuadra con tu suma, la diferencia es lo que pagas o lo que te devuelven ( en caso de haber abonado de más)
Espero haberte servido de ayuda, aunque haya sido tan tarde, disculpa
si tiene alguna otra pregunta, prometo responder más rapido.

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Hace un tiempo la retención se calculaba aplicando unas tablas de retenciones que aprobaba la aeat. En la actualidad la retención se calcula teniendo en cuenta las situación personal y las retribuciones que se estime que se van a tener en un año. Con ello y las deducciones de ss, etc, se calcula lo que tienes que pagar en tu declaración de irpf, y la cuota resultante se divide entre lo que vas a cobrar en todo el año, el porcentaje que sale es lo que te retienen mensualmente. Ese porcentaje puede variar si durante el año tienes un mes un ingreso extraordinario que no se ha tenido en cuenta al inicio del año, y por tanto puede aumentar, o si el porcentaje calculado al inicio está mal calculado, al final el programa de nóminas que estén utilizando debería rectificar para como te he dicho al final del año lo retenido sea lo que en renta tienes que pagar, por ello en estos momentos la mayoría de los contribuyentes que trabajan en una empresa no tienen obligación de hacer renta ya que lo que tenían que pagar ya se lo han retenido, y devolverles salvo que tengan deducciones por vivienda, cuentas viviendas, o planes de pensiones, no le devuelven un duro, por lo que tampoco la tienen que hacer.
El hecho de que tengas otros ingresos como autónomos, no influye para nada en el calculo de retención, ya que es una actividad que tiene sus propias retenciones: pagos fraccionados o retenciones de profesionales que son el 15% siempre.
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Ello depende de los ingresos brutos anuales que tenga y la demás parámetros de soltero, sin hijos, etc ..., se revisa de forma anual en enero, de acuerdo a lo que se apruebe en las reformas que se anexan a la Ley de Presupuestos a final de año y por otro lado de acuerdo a los ingresos del año anterior. Hay diferencia entre el régimen común el de todo el estado español y el de navarra donde opera nuestro despacho.

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