Modificación de tipo de interés

He comprado un piso a una promotora y en breve escrituraré la vivienda. La promotora me ha dicho que ellos contrataron la hipoteca a euribor más diferencial (0,6), y ahora resulta que como el euribor está tan bajo, ha hablado la entidad bancaria con la promotora y le ha dicho que le comente a los clientes que el tipo de interés del euribor que se va a aplicar en la subrogación de las hipotecas no va a ser el que hay ahora, si no uno muy superior (han hablado del 3% o 4%) más diferencial. La promotora les ha dicho que cómo pueden hacer eso, si los clientes nos vamos a subrogar en las condiciones estipuladas en su momento en la escritura de préstamo hipotecario que son las descritas anteriormente, y la entidad bancaria le ha contestado que pueden hacerlo en base a las "Normas de Basilea".
Mi duda lógicamente es la siguiente: ¿Pueden hacer eso? ¿De qué sirve entonces lo pactado en escritura de préstamo hipotecario si luego los clientes no vamos a beneficiarnos en nada al subrogarnos ya que pueden cambiarlo alegremente?

2 Respuestas

Respuesta
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No conozco la norma de Basilea, y creo que al ser Suiza un país extracomunitario no debería afectarnos, no obstante te recomendaría que busques la hipoteca por tu cuenta, tanto el tipo de interés como el diferencial me parecen excesivos.
También podrías hablar con el Banco de España y si puedes conseguir que te den las condiciones por escrito mucho mejor. Creo que es un atraco manifiesto
Respuesta
1
Nunca en 30 años de banca he oído hablar de LAS NORMAS DE BASILEA igual es que en vez de bancario he sido torero, no se.
Pero generalmente en las escrituras de hipotecas de los promotores DEJAN YA PACTADO ciertas condiciones O INCLUSO ABIERTAS VARIAS POSIBILIDADES PaRA LOS CLIENTES QUE SE SUBROGUEN, y generalmente son más elevadas que las que le aplican al promotor, no se en vuestro caso si sea así pero pedirle al promotor que os enseñe la escritura de su hipoteca y podréis salir de dudas.
Para el caso de que hayandejado varias posibilidades, entonces se prepara un documento que tendréis que firmar llamado ACTA DE VARIABILIDAD y en el te acoges dentro de esas posibilidades a la que más te interese.
Contrastar y consultar lo que te digo y a ver que sacáis en claro y si consigues esas NORMAS DE BASILEA
Mete en google "normas de basilea" y ahí te saldrán muchas respuestas sobre lo que son. Pues parece ser que has debido de ser torero... Gracias de todos modos.
Ok ahora mismo lo voy a ver
Ya le he pegado un vistazo y pregunto ¿en cuál de esa norma se refiere a consentir que un banco modifique a su antojo las condiciones de una hipotea?
¿Qué tiene que ver el controlar a los bancos y los depósitos de sus clientes y los coeficientes de esos depósitos que pueden dar como prestamos y créditos y toda esa parafernalia con modificar (si es así como tu lo has contado) UNILATERALMENTE una escritura FIRMADA ANTE UN NOTARIO? ¿Acaso te dejarían a ti una vez firmada la hipoteca que unilateralmente "te bajaras el tipo de interés? ¿verdad que no? pues eso.

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