Revisión anual del tipo de interés hipoteca

En el año 2000 firmé una hipoteca con una entidad a un tipo de interés que es el irph conjunto de entidades + un diferencial de 0,00 y un redondeo al 1/4 de punto. Pero ahora me he dado cuenta de que a partir del año 2005 me están cobrando un tipo de interés que es el irph conjunto de entidades + un difierencial de 0,25 sin redondeo. Insisto, en la escritura de la hipoteca pone que el diferencial es 0,00 + un redondeo al 1/4 de punto y me están cobrando un diferencial de 0,25 sin redondeo. ¿Esto es legal o es denunciable?

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1/4 de punto y 0,25 parece ser la misma cosa... Pero sin conocer los datos concretos es difícil indicarle mucho.

Si usted tiene claro que se trata de un error, ha de poner una reclamación en su entidad y en caso de que no le den la razón, en el defensor del cliente de su entidad... que si fuera negativa, también podría presentar una reclamación al Banco de España... y si el banco no aceptara una resolución favorable del Banco de España, tendría que acudir a los juzgados con abogado.

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La verdad que en estos casos no te podría decir sin revisar completamente la escritura de la hipoteca. Pero si te fijas un detalle parece que todo está correcto. 1/4 de punto es 0,25%, lo que habría que ver es cuando se supone que tiene efecto o se aplica ese redondeo y porqué concretamente te lo empezaron a aplicar ese año. Deberías mirar si era de aplicación tras 5 años, lo cual cuadraría exactamente con lo del 2005 ya que firmaste en el año 2000. O quizás es cuando la hipoteca pasará algún suelo (tipo mínimo de irph) pero no creo que ese sea el caso.

En fin, que en principio supongo que es correcto lo que han hecho, pero busca en tus escritura hipotecaria eso que te digo, el cuando tiene aplicación ese redondeo.

En cualquier caso un diferencial de 0,25% hoy en día está bastante bien, pero haces bien en revisarlo por si acaso no te correspondiera.

Saludos y si tras ver eso que te digo te surge alguna duda plantamela, aunque debería de aparecerte claro o en el banco deberían de explicártelo correctamente sin ningún tipo de problema.

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Denunciable, te lo puedo decir mas alto pero mas claro, lo que dice la hipoteca es lo que vale.

Y entonces me tendrían que devolver lo que me han cobrado de más con intereses, no es así? En la escritura pone que los intereses de demora son al 24%. Me lo tendrían que devolver con intereses del 24%? Muchas gracias.

No, los intereses de demora se aplican cuando TU te demoras, no cuando el banco comete un error.

Podrías pedirles que te devuelvan lo que te han cobrado de mas, eso seguro, pero que te den algo mas por el error, es mas difícil, eso lo tendría que sancionar un juez.

Perdona que insista, pero si el banco tiene una deuda conmigo desde el año 2005, cómo es posible que no me correspondan los intereses correspondientes? Yo he dejado de ingresar un dinero que podría haber invertido y me hubieran reportado unos intereses. Es lógico que el banco me tenga que devolver lo que es mío y además con los intereses correspondientes, no es así?

Si, pero lo que te quería decir es que eso no esta escrito ni firmado, entonces si quieres que el banco de pague el perjuicio que te ha causado por ese cobro indebido de intereses, tendrás que reclamárselo, el banco aceptarlo o no y en este ultimo caso tendrían que denunciar y que un juez te de la razón.

Sin embargo, si debes al banco esta escrito y firmado que le pagues intereses de demora.

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