En las hipotecas con ayudas al tipo de interés por ser vivienda de protección oficial, se pierde las ayudas o hay que devolverlas, al reunificar deudes en conjunto con otros prestamos al unificalos en uno hipoteca + prestamos personales
Las hipotecas de VPO se puede ampliar hasta el 80% del valor máximo legal de la vivienda, PERO... si es una hipoteca cualificada perderás las condiciones de VPO: derecho a ayudas, subsidiación del tipo de interés si te lo conceden, es decir, que si optas a la reunifiación de préstamos, perderás las ayudas de subsidiación del tipo de interés, y tal y como está el euribor, no es muy recomendable. Mi consejo sería que no reunificarás préstamos.
En la respuesta me hablas de "cualificada" esa denominación que significa y como se usa ; la hipoteca ya fue concedida hace tres años, durante los años anteriores se recibieron ayudas, en metálico, y las subvenciones son inherentes al préstamo hipotecario con rebaja del tipo de interés
Hipotecas cualificadas: Se trata de aquellos prestamos especiales convenidos por organismos públicos con las entidades financieras en condiciones favorables para los prestatarios de viviendas de protección oficial o similares. Es decir, usted tiene una hipoteca cualificada, ya que tiene una ayuda al tipo de interés, y además ha recibido ayudas en metálico. Cancelar la Hipoteca cualificada con su entidad actual y hacer rehipotecar con otra entidad, y de esta forma refinanciar, podría intentarlo en el caso de que usted se hubiera acogido al plan de vivienda del 2002 - 2005, pues no dice nada al respecto. De todas formas la forma de hacerlo sería poner un escrito al organismo que subvencionaba, solicitando autorización para cambiar de entidad hipotecaria, y si, como es previsible, no le contestan en tres meses, puede considerar que la han autorizado por silencio administrativo. Le indico que lo haga de esta forma, ya que en el plan de vivienda 2002 - 2005 no se dice absolutamente nada, ¿quiere esto decir que se puede hacer? Pues ni sí, ni no (vamos, que ni ellos lo saben, por decirlo de alguna forma), por lo que haciendo como le he indicado anteriormente, ante una reclamación del estado de devolución de las ayudas, usted puede acogerse al silencio administrativo, pero esto le llevaría a pleitear con ellos, y desde mi punto de vista, esto no es muy recomendable. Ahora bien, si el plan en el que se recogen sus ayudas es el del 2005, en este se dice expresamente que no es posible, con lo que perdería las ayudas, y además le reclamarían la devolución de las recibidas (con los correspondientes intereses)