Leasings

Yo (pepito perez) he contratado con mi entidad financiera un acuerdo de leasing sobre una maquina industrial, pero pasados 2 años, no puedo atender las cuotas, y me planteo varias dudas:
1) Si la entidad quiere ejecutar mi deuda, ¿tiene derecho a quedarse con las maquinas? ¿A pesar de que yo haya estado pagando por ellas durante 2 años? ¿La garantía de la operación son esas maquinas?
2) Aunque yo este haciendo uso de las maquinas, ¿entiendo qué la propiedad no es mía hasta que no pague la ultima cuota no? ¿En el registro de bienes muebles aparecerá la entidad financiera como propietario no? Es que creo que aparece mi empresa
3) Sin embargo en otro leasing que tengo sobre un vehículo si que aparezco como titular del bien en la DGT, ¿esto supone que en el registro esta a mi nombre también?
¿Todo esto me lo planteo porque me han propuesto realizar un lease-back con estas maquinas para refinanciar mi deuda y no entiendo porque con un lease-back la propiedad de las maquinas inicialmente debe ser mía no?
Es decir, yo tengo la propiedad de estas maquinas, se las vendo al banco y luego el me las alquila nuevamente (siendo en ese momento de nuevo la propiedad del banco), ¿pero entonces porque me plantean el lease-back sobre unas maquinas que actualmente las uso con un leasing y sobre las que no puedo pagar? ¿Es por qué pensaran ejecutarme el otro leasing y se considera que una vez ejecutado la propiedad es mía?
Si no me he explicado bien no dudéis en preguntarme
Mil gracias¡

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Verá lo principal en estos casos casos es conocer los contratos y en este caso los informes del registro de bienes muebles.
Hay que centrarse en la operación en sí misma. Si le han ofrecido refinanciar y usted no puede pagar los recibos actualmente, la Ley lo único que contempla es que usted acuda al juzgado y pida una modificación de los plazos y vencimientos, lo que previsiblemente agrandará el beneficio futuro de la entidad. Indudablemente, al igual que puede acudir a la vía judicial, puede plantera usted por escrito esta cuestión.
Un Leasing es un arrendamiento con opción a compra. De modo que la compra a su favor es normalmente, la última cuota del arrendamiento. Llegado la reclamación judicial, a veces el valor del bien no cubre el quebranto de la financiera y pueden seguir reclamando la diferencia. Por ello no siempre es conveniente entregar la máquina sin más.

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