Compra de una pantalla para el ordenador

Con mi agradecimiento por adelantado, le planteo mi duda. He tenido que comprar un monitor para el ordenador. ¿Está correctamente contabilizada en la cuenta 217 (Equipos para procesos de información)?

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Ya tenías una pantalla, ¿verdad? En este caso es, claramente, una sustitución por rotura, por lo que está mejor contabilizado como una reparación, en la cuenta 6227.

Sí, tenía una pantalla pero no la tenía como perteneciente a la empresa. Ahora que uso ese ordenador sólo para el trabajo es cuando la he decidido incorporar como inmovilizado de esta.

Por el importe es que no vale la pena. Ahora, si te quieres pegar el curro de meterla en inmovilizado y realizar una ficha de amortización y contabilizar año a año las amortizaciones correspondientes... tu mismo. Ahora, que elementos de menos de 600 euros pueden perfectamente llevarse al gasto, e inventariar cada año vía existencias. Eso te ahorra tener que hacer las fichas de amortización.

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