Contabilidad

Tengo una duda, ¿es necesario guardar los tickets de los gastos pagados con la tarjeta de empresa?
Gracias

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Los empresarios están obligados a conservar, incluso por medios electrónicos las
facturas recibidas, las expedidas y los justificantes contables durante el plazo de
prescripción del derecho de la Administración a inspeccionar el ejercicio de que se trate.
El tiquet es un justificante contable.
De acuerdo al artículo 30 del Código de Comercio los empresarios deben conservar los libros, la correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros.
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Sólo una aclaración, los 2 socios tienen tarjeta de empresa y pasan sus gastos por ahí. Ahora bien, en ocasiones me piden que les pague los gastos de locomoción y los normales de manutención y estancia con los límites fijados en el RIRPF, ¿se pueden utilizar los 2 criterios a la hora de pagar las dietas, es decir, cuando me interesa los tickets que he pagado y cuando me da la gana me pongo tantos km. A 0,19 Euros como gastos de locomoción y 53,34 o 26,67 Euros/día como gastos de manutención?
¿No hay que elegir un criterio sólo? y si es así ¿No se puede cambiar nunca posteriormente de criterio?
Gracias.
En el reglamento no me consta que existan incompatibilidades para usar alternativamente cualquiera de los sistemas, en el bien entendido de que en cada desplazamiento se utiliza sólo alguno de los dos.
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