¿Puede el seguro reclamar al inquilino el importe de una reparación sin informar antes de ello?

Vivo en un piso de alquiler. En febrero, por un descuido, se produjo un pequeño incendio en la cocina y se quemó el mueble del fregadero por dentro y el tubo de desagüe del fregadero. Llamé a la casera para informarla de ello y preguntarle si tenía que cambiar el mueble entero o solamente el módulo interior, ya que las puertas no estaban dañadas, y cuando acudió a ver el siniestro, me dijo que iba a llamar al seguro a ver si lo cubría. Preguntó en el seguro y, tras consultarlo, le dijeron que sí. Pasó un perito por casa y peritó el tubo, el mueble y unas cuantas cosas más que no había que reparar pero que como estaban un poco deterioradas pues consideró oportuno cambiarlas. Tras esto, durante varios días, acudieron los operarios del seguro a hacer las reparaciones oportunas y todo quedó solucionado, Al cabo de un mes, me llega una carta de una empresa de recobros reclamándome el importe de la reparación en nombre del seguro, un importe exagerado para lo que se había hecho, y diciéndome que si no pagaba se procedería a denunciarme. Llamé a la casera para contárselo y ella quedó más sorprendida que yo, porque cuando llamó al seguro para preguntar a ver si cubría el incidente, en ningún momento les ocultó que había sido un descuido del inquilino, y ellos en ningún momento le informaron de que aunque ellos lo arreglaran lo tendría que pagar yo. En definitiva, si el seguro no nos ha dicho, ni a la casera ni a mí que aunque ellos arreglaran los desperfectos la factura la tendría que pagar yo, ni ha pasado un presupuesto ¿puede reclamarme el importe de una reparación en la que además se han reparado cosas que no era necesario reparar?

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Cuando un seguro cubre unos daños ocasionados por un tercero, normalmente proceden a reclamar esos daños al causante de los mismos. Por ello es recomendable que tengas siempre un seguro suscrito como arrendataria por si ocurre algún siniestro como este, y en ese caso se las arreglan entre aseguradoras.

Otra cosa es que no estés conforme con lo que te reclaman por considerarlo excesivo, en ese caso, te recomiendo que en diferentes empresas solicites presupuestos con el fin de hacerte una idea de lo que puede costar la reparación. Igualmente la arrendadora podría solicitar ver el informe pericial que se hizo en su momento con el fin de contrastar, lo que dice el informe y lo que han puesto en la factura.

Ahora bien, independientemente de lo anterior, que te recomiendo que lo hagas y lo tengas en tu poder, mientras sea una compañía de recobros, olvídate, otra cosa es que te llegue un burofax o una carta del Juzgado, eso es otra cosa. Si no es el caso, ignóralos.

Sí, pero yo no sabía que tenía que tener un seguro de responsabilidad civil por si ocurría algo de eso, y el seguro tampoco informó a la casera de ello cuando les preguntó si al haber sido causa del inquilino el seguro lo cubría. Además, por fin hemos conseguido la factura del importe y en ella aparecen reparaciones que no se han hecho además de que los costes son excesivos. Necesito saber si el seguro debería haberle dicho a la casera que aunque ellos arreglasen los desperfectos la factura tendría que pagarla yo, y si es legal que intenten cobrarme algo sin haberme dicho previamente lo que iba a costar, y por último ¿qué hago si finalmente me denuncian?

un saludo.

El seguro tiene la obligación legal de cubrir los riesgos que tiene cubiertos conforme póliza suscrita con el asegurado. Si es un riesgo cubierto, está obligado a pagarlo o repararlo ( por lo que no puede delegar en un tercero esta obligación). El art. 43 de la Ley del Contrato de Seguro establece que, cuando los daños son ocasionados por una tercera persona el seguro puede reclamar al causante de los daños.

El seguro no está obligado a informar a nadie para hacer efectivos los derechos que la ley le confiere. Otra cosa es que se pueda hablar de forma inadecuada de proceder, mala fe etc... pero no invalida en absoluto el hecho de que usted ha causado unos daños y legalmente es usted quien tiene que responder por esos daños. Que el seguro los cubra, significa que el asegurado va a ver reparado el daños sin preocuparse de nada más, de lo cual se va a ocupar el seguro.

Ahora bien, si están cobrando reparaciones que no se han hecho o los precios están inflados, eso es lo que va a formar parte de su estrategia de defensa, es decir, van a tener que acreditar que hay reparaciones que no se han llevado a cabo y que los precios son excesivos. ¿Cómo? Con fotografías anteriores a la reparación si tienen, con testigos que atestigüen cómo estaba y qué había antes del siniestro, llamando a una empresa de reparaciones para que verifique si, en función de los daños que se causaron, se han cambiado las piezas o no ( se puede ver si son nuevas o no) y que elaboren un presupuesto del valor de esa reparación para poder determinar si efectivamente son excesivos y siempre que estén dispuestos a elaborarle un informe o acudir como testigos. Si alguien conoce a una amistad que se dedique a esto, pues mucho mejor. También puede ir a diferentes empresas y solicitar presupuestos aproximados sobre la reparación, como si nada se hubiera hecho, de modo que tenga usted varios presupuestos diferentes que puedan quizá acreditar el precio de mercado para este tipo de reparaciones. Si se han cambiado muebles, pues tratar de hacerse con el valor de esos muebles etc...

En este sentido, para el caso de que le demanden, le recomiendo se ponga en manos de un abogado, pero, si ya ha existido una previa reclamación, le recomiendo que vaya preparando la prueba conforme le he explicado, puesto que lo único que va a poder hacer es oponerse a esa cuantía en base a dos supuestos, indebida ( aquella parte que usted pueda acreditar que no se ha procedido a reparar) y excesiva ( aquello que usted pueda acreditar que han cobrado por encima del precio normal de mercado).

Sometiendo esta respuesta a una mejor opinión fundada en derecho.

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