Comunidad de vecinos contra obra sin permiso

<h1>Hola. Tenemos un ático con una gran terraza,en una esquinita donde desde abajo nadie ve hemos hecho un cuartito de unos 1,80 mtrs,no molesta a ningún vecino y el techo es más bajito que la fachada principal con lo cual repito que desde abajo del bloque no se ve. Hoy nos ha venido una carta de la comunidad que tendríamos que haber dado notificación de la misma,que si en 30 días no la demolemos nos meten en juicio. Según ellos la junta de propietarios se ampara en el artículo 7 de la ley de propiedad horizontal y así lo tienen acordado desde abril del 2010,yo compré el piso en agosto de ese mismo año desconociendo totalmente ese acuerdo y actuación del mismo.¿No tengo otra opción? ¿Qué pasaría si no hiciésemos caso y fuésemos a juicio? La verdad es que tampoco tenemos dinero para demolernos en el plazo que se nos pide.Agradeceríamos su opinión,gracias.                                                                 </h1>
{"lat":36.1265006828529,"lng":-5.52734375}
Respuesta
1
La terraza que ustedes disfrutan será un elemento común de uso privativo porque tendrá acceso probablemente por su vivienda, lo que no significa que usted puede acometer obra alguna sin contar con la debida autorización de la Comunidad de Propietarios, ya que dicho cuarto ha menoscabao el estado exterior en que se encontraba con anterioridad.
El art. 7.1 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, modificada por Ley 8/1999, de 6 de abril, es de decir:
"El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad".
No va a tener más remedio que o bien intentar negociar con la Comunidad de Propietarios a ver si existe alguna forma posible de autorizar dicha construcción o en caso contrario, me temo que tendrá que demolerla. Si hiciera caso omiso a dicho requerimiento, será condenado judicialmente a ello y además al abono de las costas procesales.
Ruego cierre la pregunta y valore
muchas gracias por la prontitud de su respuesta. Una pregunta más: ¿30 días es el plazo normal para la demolición? muchas gracias.
Normalmente es el que se da, pero tampoco consume muchos recursos hablar con el Presidente de la Comunidad y decirle que quizás tarden los operarios unos días más que creo no habrá problema alguno.
Ruego cierre y valore

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas