¿Cuándo un contrato de un año de arrendamiento de vivienda finaliza, es necesario volver a redactar?

Hola,

Soy inquilino y tengo un contrato de arrendamiento firmado por un año desde el 1/02/2012 hasta el 31/01/2013, en el cuál se hace referencia al art.9º de la LAU. Este contrato acaba de finalizar y yo no he dicho que me vaya a ir. El propietario me ha entregado un nuevo contrato con la fecha del día siguiente a la "finalización" del otro(1/02/2013) hasta el 31/01/2014, en el cuál ha puesto que es la 1ª prórroga. Mi pregunta es, ¿Estoy obligado a firmar otro contrato si se supone que ya tengo uno firmado y además teniendo en cuenta que la ley de arrendamientos se modificó el año pasado?

¿Estoy obligado a permanecer en la vivienda otro año entero, o avisando con 30 días de antelación me puedo ir cuando quiera?

Gracias anticipadas y un saludo.

Respuesta
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Puntualizarle que la Ley de Arrendamientos Urbanos NO se ha cambiado en los útlimos años, lo único que hay es un proyecto de una nueva Ley (que aún no está en vigor).

Por cuanto a su contrato actual no hay que firmar nada, ya que la Ley establece que se renueva automáticamente durante los 5 primeros años (es lo que dice el art. 9 de la LAU).

Por cuanto a la permanencia en la vivienda: efectivamente ha de permanecer por períodos de 12 meses, y solamente se puede marchar en cada vencimiento anual preavisando con 30 días de antelación. En su caso, se podría marchar en 1/febrero preavisando en 1/enero.

Suerte.

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