Terreno urbano y camino público

Si te das cuenta he cambiado el titulo porque creo que el otro estaba mal, perdona si vuelvo a abrir el tema, pero veo que al cerrar una pregunta ya no me puedes contestar, ¿o no me contestas por que no lo crees necesario? Llevo muy poco tiempo en este foro por no decir que es la primera pregunta que hago y aun no sé muchas cosas, pero, si no cierro una pregunta otros no te pueden preguntar y si la cierro, ya no puedo seguir hablando contigo, vamos que me gustaría estar en contacto contigo y no sé como te dejo mi correo en pregunta privada por si me quieres contestar al último msn que te deje, que fue este.
Me alegro por que me dices que es público y no privado, pero si no tiene fachada suficiente, ¿te refieres a metros al camino o a acceso a la carretera de abajo? Alguien me ha dicho que le tendría que pedir al de la finca de al lado de la carretera que le pregunte si me puede dejar hacer el camino un poco más ancho ahora que el está edifi. Y aun no ha hecho el muro y yo darle terreno verticalmente, o darle dinero, vamos pagarle eso de algún modo a lo mejor si es buena persona, me lo regala! Ojala. Bueno que el camino veo que tiene que tener de ancho cierta medida, ¿es así? Y ahí se acaba el problema, ¿por lo demás es finca edificable? Y tengo derecho a agua, luz, alcantarillado, todo eso no me preocupa mucho por que es casa de madera y como bien dices en otras preguntas hay soluciones con fosa séptica, pozo para el agua, etc. Y quiero poner una casa de 60 o 70 m2. En finca de 400m2 creo que puedo hacerlo, también me alegra porque según tú siempre puedo regularizar el tema vamos que si la compro tiene solución y no voy a tirar el dinero, pero mejor no voy a seguir, perdoname si soy una pesada, esperamos un poco y cuando vaya al ayuntam. Y me digan cosas te cuento, vale, por lo demás gracias por tu ayuda, hablamos más adelante, un saludo, RMG.
30/09/2010
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Hola de nuevo, aunque no está terminado el tema lo voy a finalizar porque veo que es la única forma de sacar el Nº de ref, te cuento como, para que lo hagas tú la próxima vez que quieras borrar algo, ok.
Si aún así quieres que tu pregunta no sea pública y que sólo pueda ver el contenido el experto, tienes la opción de hacerla privada.
Esto lo podrás hacer una vez la pregunta esté finalizada, sin más que ir a tu MiTodoexpertos, entrar en "Preguntas finalizadas" y elegir la pregunta que quieras hacer privada.
Una vez dentro de ella, verás que en la parte inferior tienes la casilla correspondiente.
Te recomendamos que sólo marques una pregunta como privada cuando realmente trates información que tú consideres "sensible". Recuerda que una pregunta pública bien respondida por un experto puede ayudar a muchísima gente.
Lo he copiado de la parte de ayuda, espero que te sea útil, gracias por todo y ya te contaré lo que me dicen en el ayunt. O urbanismo y si me quieres responder a este msn anterior que escribí te lo agradecería, Si crees que ya está terminado el tema dímelo y finalizo.

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Vayamos por partes. En cuanto a lo de la pregunta, efectivamente una vez la cierras y la puntúas yo ya no puedo ni abrirla ni seguir contestando e incluso aunque vea que te has equivocado y la has cerrado sin querer tampoco tengo manera de hacértelo saber. Al menos no conozco la manera y tampoco he investigado mucho ya que como ves es muy sencillo volver a hacer otra pregunta y yo sigo contestando.
En cuanto a lo de cerrar y responder a otras personas te explico. Yo tengo un número máximo de preguntas activas. Puedes consultarme lo que quieras y seguir haciéndolo sin problemas dentro de la misma pregunta, ya que sigue activa. Pero cuando una pregunta ya ha sido respondida o crees que ya puedes dejarla por contestada y en el futuro si surgen nuevas dudas ya harás otra pregunta... en esos casos hay que cerrar la pregunta. Porque aunque ninguno de los dos participe (ni tú preguntes más ni yo responda) la pregunta sigue activa y ocupando uno de esos espacios que te comento que tenemos limitado. Así que si tengo todo el espacio con preguntas activas pero que en realidad no están activas, aparezco en el listado como no disponible y no me pueden hacer preguntas.
En cuanto a la respuesta. Si la finca es urbanizable y urbana, entonces tienes derecho a todos los servicios: agua, electricidad, alcantarillado y telefonía. Puesto que para que una parcela sea calificada como urbana debe disponer de esos servicios.
Lo de la fachada te lo comentaba porque hay ayuntamientos que condicionan la edificabilidad de un solar en función de la fachada que tiene el solar con una calle. Para entendernos, la fachada pública de la parcela que comentas se reduce al ancho de la calle que le llega. Un ejemplo de lo que te comento es que en un plan general urbano ponga algo como que para que un solar se pueda edificar tiene que tener una superficie mínima de 200 m2 (por ej.) y una fachada mínima de 10 m. Esto querría decir que el solar tiene que tener uno de los lindes en una calle pública y de más de 10 m.
Pero esos condicionantes los ponen en el ayuntamiento y sólo allí te podrán decir cuáles son. Por eso la mejor respuesta es la que te di al principio. Lo mejor para saber las posibilidades del solar es acudir al ayuntamiento y que un técnico municipal te las diga. También podrías contratar un arquitecto que te haría estas gestiones pero creo que no vale la pena pagar por algo que tú mismo puedes ocuparte, ya que a este nivel de si se puede o no edificar es muy sencillo que te lo digan.

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