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Saludos.
Sin ser un concepto doctrinal (no se si le pidieron un concepto doctrinal) puedo decire que el interés es aquel derecho que reconoce la ley a una persona que tiene participación directa o indirecta en un proceso, en un bien, en un derecho etc.
Hay interés jurídico, por ejemplo, cuando hay una herencia y los herederos desean que se hagan las divisiones. Todos y cada uno tienen interés jurídico en el asunto yq que lo que ocurra o deje de ocurrir les afecta.
Lo mismo ocurre con el tercero perjudicado en un juicio de amparo, pues a pesar de no estar inmerso directamente con el impetrante de garantías o con la autoridad responsable, lo que se decida en ese juicio puede afectarle, como puede ser un desalojo, una expropiación, etc.
Cualquier duda o pregunta adicional, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.
Muchas gracias por haberme visitado en mi espacio en TodoExpertos.com.
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