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Los contratos deberían de tener una duración mínima de 5 años. Otra cosa es la que me cuentas de abandonar antes de que termine el periodo contratado. En este caso, no es que el arrendador no te devuelva la fianza, sino que te puede pedir las rentas que falten por cobrar hasta que termine el contrato. Es decir, si la duración es de un año, y te vas a los dos meses, el arrendador te puede pedir los otros 10 aunque te vayas. Ten en cuenta que un contrato obliga a ambas partes y tu te comprometes a tener esa vivienda por el tiempo que dura el contrato y pagar la renta. Lo que hace mucha gente, si el contrato se lo permite, es subarrendar por el tiempo que reste del contrato, y así, aparte de no tener que pagar nada al arrendador, se puede ganar un dinerillo.
Esperando haberte servido de ayuda, recibe un saludo.
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