|
|
Hola, me encuentro en un caso que es la primera vez que me encuetro.
Se tiene que firmar un contrato de alquiler de un piso, el arrendatario, quiere avalar con otro piso ( en otra localidad) el contrato de alquiler.
Disponemos de una nota simple del Registro de la propiedad actualizado de la propiedad a avalar.
¿Còmo podemos una vez firmado el contrato poner una nota marginal en el registro de la propiedad, para que no se pueda vender, ceder alquilar, donar, etc para asegurarnos que si no cumplen con los pagos del alquiler, podamos ejecutar el aval?
Podemos ir al Registro de la localida directamente con el contrato firmado, o necesitamos un notario con todas las partes implicadas'
Gracias por adelaqntado a vuestra respuesta. atentamente: Ascarix
|