|
|
Hola:
Dependiendo de la Provincia en la que tienes que declarar el impuesto el tratamiento de las parejas de hecho puede ser equiparado al de los matrimonios, por ejemplo, en Madrid.
En cualquier caso, si en tu provincia no tienen el mismo tratamiento tendrás que pagar el impuesto cualquiera que sea la via que os separeis, es decir, si las parejas de hecho en tu provincia no están exentas, pues da igual que la separación la regule un Juez, tendreis que pagar el impuesto.
Un saludo.
|