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Un cordial saludo.
Solamente revisando el Acta Constitutiva puede sugerirse algo.
En efecto, una sociedad no puede disolverse si tiene adeudos, a menos que se solicite la liquidación para que entre en un proceso de quiebra y suspensión de pagos o de concurso mercantil (dependiendo de la ley aplicable en la localidad desde donde usted me escriba) y con ello pueda finalizarse la sociedad.
Si usted es socio, usted es responsable con ellos. Dependiendo del tipo de sociedad, podría usted ser responsable total o parcialmente, proporcional o ilimitadamente, etc. Ello viene inscrito en el Acta Constitutiva.
Si usted es responsable y hasta qué tanto, viene en el Acta.
Independientemente de que usted firme algo o no para la sociedad, usted es partícipe de todo lo que le sucede o deje de suceder, de todas las obligaciones de dar, hacer y no hacer de su sociedad bajo los términos y condiciones de su contrato. De eso no hay escape.
Necesita usted revisar su Acta y posteriormente negociar con sus socios la forma de cubrir sus adeudos y/o liquidar la sociedad.
Buena suerte.
Para cualquier otra duda o pregunta relacionada, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.
Le agradezco su visita a mi espacio en TodoExpertos.com
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