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Escolar
Abogados
Muy Señor/a nuestro/a:
Ante todo le agradecemos su consulta y su confianza en nosotros. Segun el reglamento notarial
además de cada uno de los otorgantes, tienen derecho a obtener copia, en cualquier tiempo, todas las personas a cuyo favor resulte de la escritura o póliza incorporada al protocolo algún derecho, ya sea directamente, ya adquirido por acto distinto de ella, y quienes acrediten, a juicio del notario, tener interés legítimo en el documento.
Los notarios darán también copias simples sin efectos de copia autorizada, pero solamente a petición de parte con derecho a ésta..Igualmente darán lectura del contenido de documentos de su Protocolo a quienes demuestren, a su juicio, interés legítimo. Por lo tanto lo que tienen que demostrar es que tiene interés legítimo en función de que en defecto de los herederos testamentarios, Uds serían los herederos más próximos. Si pese a eso el notario no les facilita la información, deberan pedir la división de la cosa en comun demandando a los ignorados herederos de su tia y comunicando al juez el hecho de que el notario no les haya facilitado dicha información para que él así se lo requiera
Quedo a su disposición en la dirección que abajo se indica para detallarle todo lo que quiera consultarnos al respecto de nuestros servicios. Se despide atentamente,
Emiliano Escolar
Escolar Abogados
C/ Velázquez 20, 4º izda.
28001 Madrid
Fax 915781514
Tfno. 915780079
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