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Hola, le comento:
En cuanto a la cotizacion, cada trabajador por cuenta ajena cotiza por la base de cotizacion que tenga, por lo que usted cotiza segun su base de cotizacion, la cual se extrae del salario y otros conceptos salariales devengados por la empresa, no teniendose en cuanta la que especifican los grupos de cotizacion. Estos se limitan a establecer un maximo y un minimo entre los cuales debe estar la base de cotizacion, siendo el maximo igual para todos.
Por todo lo anterior, usted cotizaa segun su salario, sin importar el grupo de cotizacion en el que se haya inscrito su alta, pero, legalemnte, cada trabajador debe cotizar en aquel grupo acorde con las tareas, responsabilidades y funciones desempeñadas en su puesto de trabajo y acorde con la titulacion obtenida por el trabajador en cuestion.
Resumiendo, economicamente no le afectara el estar en otro grupo de cotizacion, por lo que debera comentarselo al dto de recursos humanos para ver si ha sido un fallo de mecanizacion de datos o que le expliquen la razon de ese cambio, el cual no tiene logica desde un punto de vista economico.
Espero haberle sido de ayuda.
Un saludo.
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