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Hola:
Mi consulta es la siguiente:
Con fecha 24-10-01 abrí una cuenta vivienda. Los saldos de esta cuenta y cantidades aportadas durante los ejercicios posteriores han sido las siguientes:
- Saldo a 31-12-01: 9010,01. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 9010,01
- Saldo a 31-12-02: 10841,5. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 19851,51
- Saldo a 31-12-03: 12696,93. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 32548,44
- Saldo a 30-11-04: 9010,01. Saldo total de la cuenta vivienda a esa fecha : 41558,01
He cancelado la cuenta vivienda a finales del mes de noviembre con un saldo de 41558,01.
He adquirido una vivienda durante el mes de noviembre de este año por un valor de 90.000 euros.
He contratado una hipoteca de 100.000 euros,siendo el primer plazo a pagar durante este año.Con el resto del dinero tengo pensado realizar una serie de reformas de la misma, sin que las mismas tengan derecho a deducción.
Para la declaración del año que viene:
1) ¿Tengo derecho a algún tipo de desgravación por la hipoteca?.
2) Como ha habido años en que he ingresado en la cuenta vivienda más dinero que el máximo desgrabable, ¿puedo destinar las cantidades que superen esa cifra a otros fines distintos de la adquisición de la vivienda habitual?.
3) Interesa que realice un reembolso anticipado de la hipoteca durante este año 2004, y ¿qué cantidad?
Muchas gracias.
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