Cuando una empresa tiene deudas y se entra a formar parte de ella, automáticamente las deudas son tuyas?

Hace unos años una amiga me pidió que entrase a formar parte de la empresa como socia al 50% y que no tenía que aportar ningún capital. Se conformaba con pagar la deuda pendiente y que yo pudiera cobrar un sueldo. La empresa tenía una hipoteca anterior cuyo titular era esa persona.

Acepté y desde el principio, la empresa comenzó a funcionar. Se pagaron casi todas las deudas incluidas las cuotas de la hipoteca, hasta que empezó a flaquear y yo dejé de cobrar por mi trabajo.

Hubo un momento en que tuve que buscarme la vida por otros derroteros y al ser autónomo porque era la administradora de dicha empresa, seguía cotizando como tal.

Hace unos meses la otra socia decidió traspasar el negocio y dejó de pagar mis recibos de autónomos.

No solo no he recibido nada por el traspaso sino que además me ha dejado la deuda pendiente de Seguridad social aparte de lo que ya daba por perdido que eran unos cuantos miles de euros de mi tiempo invertido.

Me siento estafada, pero no sé si tengo derecho a reclamar legalmente nada, puesto que la hipoteca inicial sigue sin estar pagada.

¿Me corresponde a mí hacerme cargo de la deuda que existía antes de entrar a formar parte de la sociedad? ¿O por el contrario tengo derecho a percibir una parte del traspaso?

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