No aceptan el horario propuesto en la reducción de jornada por maternidad por afectar a la producción

Trabajo de teleoperadora con horario partido de 8:30 a 18:30 en un departamento dónde hay 10 personas, 4 de ellas con reducción por maternidad. Yo he solicitado reducción por tener una niña de 3años con horario de 8:30 a15:00. La empresa me deniega dicho horario y me ofrece jornada partida de 10:30 a 18:30 por razones organizativas y productivas. Así no puedo conciliar vida laboral y familiar. ¿Qué puedo hacer?

1 respuesta

Respuesta

Siento no poderte dar la respuesta que te gustaría, pero tampoco significa que está todo perdido.

Vayamos por parte, la reducción no te la pueden negar, de echo y por lo que has escrito, creo que no te han puesto pegas a dicha reducción. El problema lo tienes en la concreción horaria.

El ET en su articulo 37.7 dice así :

La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 6, corresponderán al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. No obstante, los convenios colectivos podrán establecer criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada a que se refiere el apartado 6, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador y las necesidades productivas y organizativas de las empresas.

- Bien, te he marcado en negrita los puntos caliente que siempre traen conflicto, "corresponderán al trabajador, dentro de su jornada ordinaria" si tu jornada ordinaria, la que vienes realizando siempre, es de mañana, pues concretas de mañana, tarde de tarde, partida pues partida, pero te corresponde a ti, dentro de la jornada partida, decidir cuales horas vas a trabajar, no a la empresa.

- Luego dice lo de los convenio, léelo o dime cual es tu convenio para ver si dice algo al respecto a lo que acogerse.

- Y te queda la parte mas desagradable, la de denunciar. Te cuento, en un porcentaje muy muy alto, las trabajadoras que denuncian porque la empresa le niega la concreción horaria en un turno diferente al que suelen tener, el juez dicta a favor de la trabajadora. Porque como dice muchas resoluciones "no es posible conciliar vida laboral y familiar, si se le niega a la trabajadora elegir el horario según necesidades".

Lo que ocurre es que si bien en la reducción no tienes que probar ni alegar nada ( solo que tienes un hijo/a menor de 12 año ) para cambiar el turno, si que tendrás que alegar y demostrar que te sería imposible conciliar, por horarios de guarderías, horario de trabajo de tu pareja, etc... todo aquello que puedas demostrar, cuanto mas mejor, y en ese caso, la empresa debe de demostrar que alteraría gravemente la necesidades productivas y organizativas de la empresa, no le basta con decirlo.

Esto, obviamente, sería ante un juez de lo social. Si tienes intención de denunciar, me lo dices y te explico como.

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