Rescindir contrato alquiler por desidia propietario

Llevo dos años en alquiler en una vivienda a la cual le he mejorado ciertas cosas pero ahora la carcoma se está comiendo la madera de las ventanas y las puertas de las habitaciones.

Se lo he indicado al propietario del piso en varias ocasiones, pero ni caso.

¿Puedo rescindir el contrato de alquiler que vence el 1º Enero 2018 e irme antes y recuperaré la fianza?

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En los contratos firmados a partir de 6 de junio de 2013, cumplidos los seis primeros meses, el inquilino puede desistir cuando quiera. Solo puede aplicarse la indemnización LEGAL por desistimiento anticipado en el caso de que se hubiera contemplado en el contrato.

¿Qué quiere decir indemnización legal si firmo un contrato anual con prórrogas hasta tres años y me quiero ir una vez pasados seis meses desde la firma inicial?

Gracias

Si firma un contrato de un año y se va a los seis meses, la indemnización es de 1/2 mensualidad.

Si firma un contrato de 2 años y se va a los seis meses, la indemnización es de 1 mensualidad y media.

Si firma un contrato de 3 años y se va a los seis meses, la indemnización es de 2 mensualidades y media.

La indemnización legal es de una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización

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