Orden de ejecución de obra en un solar

Un Ayuntamiento ha emitido una orden de ejecución de obra sobre un solar con un muro perimetral de piedra, propiedad de varios herederos. ¿Es obligatorio para el Ayuntamiento que notifique esta orden a todos los herederos o basta con notificarla a uno de ellos?.

Respuesta

Habría que conocer el contenido de ese acto administrativo, para responder a su pregunta.

¡Gracias! 

La orden de ejecución se dicta ante las malas condiciones observadas en el cerramiento del solar, acompañado de un informe emitido por un arquitecto que considera que existe riesgo cierto para la seguridad de las personas o bienes. Ante la urgencia de actuación me requieren para que en el plazo de cinco días desde la recepción de la notificación  proceda a retirar y limpiar el material desprendido. Yo no ostento titularidad sobre este inmueble  y lo emiten a mi nombre, mi madre es propietaria de un 25% y el resto es de otros 4 herederos, algunos de ellos ya fallecidos.

En tal caso si Vds no proceden a ejecutar esa obra la hará el ayuntamiento a costa de Vds, sin más requerimientos

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