Mi tio político ha recibido por testamento de mi tia el 50% de la casa de mis abuelos ¿Puede cederla en testamento a su sobrino?

Mi madre y mi tía (hijas únicas) de mis abuelos, heredaron la casa de mis abuelos en un pueblo. Mi tía falleció y dejó en el testamento su parte de la casa a mi tío político. La casa sigue escriturada a nombre de mis abuelos. Mi tio nos quiere vender su parte porque dice que si no, se la va a dejar en herencia a sus sobrinos y entonces se perdería la casa de mis abuelos.

¿Puede realmente ceder su parte a sus sobrinos si fallece? Me han dicho que solo puede disfrutar de la casa como si fuese suya mientras viva, pero que cuando fallezca la casa pasa a los familiares de los dueños (hijos y nietos de mis abuelos). Si es así nos quiere sacar dinero porque él sabe de leyes.

Quien conozca como va este mundo le agradezco que me asesore. Cualquier información que no haya dado os la respondo.

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La legislación a aplicar depende de la comunidad autónoma, pero en derecho común, que es el que rige en todas las comunidades que no tienen un derecho foral propio, es obligatorio dejar una parte de la herencia a los hijos y el usufructo de una parte al cónyuge. Eso no quiere decir que no se le pueda dejar más, lo que no se puede, es dejarle menos.

Una vez transmitida la propiedad, no importa quienes fueran los anteriores propietarios. Su tía era propietaria del 50% de a casa y podía disponer de su parte como quisiera, respetando esos mínimos que le he dicho.

Ustedes son colaterales y ella no estaba obligada a dejarles nada. Si hubiera tenido hijos, ellos tendrían la legítima, pero si al momento de morir no tenía ascendientes ni descendientes, podía dejar su herencia quien quisiera, con la única obligación de respetar el usufructo de su tío. Si decidió nombrar heredero a su marido, ahora todo lo que era de ella es de él y cómo él no tiene ni ascendientes, ni descendientes, ni cónyuge, no está obligado a dejar nada a nadie; puede dárselo a sus sobrinos o a cualquiera aunque no sea pariente.

Además, si su tía no hubiera hecho testamento, también habría heredado su tío antes que ustedes. La única posibilidad de que heredara su madre o ustedes, es que su tía les hubiera nombrado herederos en el testamento. Si no lo hizo, es imposible que hereden ustedes.

En resumen, tiene que ver lo que ha puesto su tía en el testamento y comprobar si su madre o ustedes son herederos. Si no lo son, no les toca nada.

Que la casa siga escriturada a nombre de sus abuelos no cambia nada. Cuando una persona muere, deja una herencia compuesta de bienes, derechos y obligaciones. Quienes aceptan la herencia adquieren todo el conjunto. Si su tía tuviera la casa a su nombre, entre sus bienes estaría la casa y aunque no hubiera aceptado formalmente la herencia, igualmente tendría el derecho a aceptarla; también es posible que su tía tuviera alguna deuda. Si su tío es el heredero, lo ha heredado todo: la obligación de pagar las deudas, la casa o cualquier otra cosa que ella tuviera y los derechos también, lo que incluye la mitad de la casa o el derecho a esa mitad.

¿En el testamento de mi tía debería aparecer si se lo cede en usufructo a mi tío? Si fuese así, ¿solo tendría derecho a disfrutar de él verdad? ¿Pero no venderlo o dejarlo en herencia? Voy a mirar bien el testamento como dices con mi madre. Mi tío nos enseñó una especie de documento notarial donde aparecía que tenia todo legal de parte de mi tía. Lo que no se si solo en usufructo o realmente todos los derechos de mi tía. Entiendo que eso aparecerá en el testamento como bien dices. Muchas gracias por tu contestación Magda.

Efectivamente, en el testamento tiene que decir quien es su heredero. Si es él, no podéis hacer nada y él puede hacer lo que quiera. Si sois vosotros, cuando muera el usufructo se extinguirá y tendréis la plena propiedad.

Por ley, él tiene el usufructo. Por testamento, tendrá su mitad de la casa cualquiera a quien ella se lo haya dejado.

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