¿Se puede hacer junta extraordinaria para volver a votar un asunto ya votado 2 meses antes por el propio interés del presidente?

Mi duda es la siguiente:
En junta ordinaria de comunidad de propietarios, uno de los puntos del día fue la votación de pintar un patio de luces. Los asistentes votaron NO y se dio por finalizada la reunión.
2 meses después, el presidente de la comunidad que no pudo asistir a la anterior reunión, convoca junta extraordinaria para volver a tratar el mismo tema, pues es de su interés el que se pinte dicho patio. Previamente ha ido hablando con el resto de vecinos para convencerles de dicha obra.
¿Existe algún tiempo para volver a tener que votar sobre un asunto ya votado anteriormente? ¿Es legal ó esta abusando de ser el presidente para convocar junta extraordinaria y volver a tratar ese tema?

3 respuestas

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Una propuesta puede tratarse en junta "n" número de veces y así las cosas cualquiera puede lanzar la misma propuesta en reuniones sucesivas cada que quiera hacerlo y someterlo a votación.

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Nada impide volver a tratar el mismo asunto de nuevo. No existe plazo para poder volver a tratarlo, a pesar de que sea evidente que, en este caso, lo hace el Presidente en interés propio.

Gracias por la respuesta. Me deja poco o nada margen de respuesta para poder dar en la reunión que vamos a tener. ¿alguna idea? Al final es comernos unos a los otros, una pena.

Me temo que le queda la única opción de tratar de convencer a sus vecinos, el día de la reunión.

Por otra parte, habría que ver si esa intervención se podría considerar necesaria o es totalmente innecesaria y prescindible. La Comunidad tiene la obligación legal de mantener la finca de forma adecuada. Aunque la Ley es ambigua, esa obligación incluye también aspectos puramente estéticos (condiciones de ornato).

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La idea que le doy es que si no es necesario dicha pintura, se acoja al art. 17.4 i dicho rreglo supera de coste tres mensualidades

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