Una Tasación pactada es legal?

Me dirijo a ustedes ante la desesperación por la respuesta ofrecida por Caixabank.
Somos una familia, mi marido, mi hijo y yo, que compramos una casa en Daganzo de Arriba, en la época de bonanza. Todo nos iba bien. Teníamos un historial bancario de pagos intachable. Teníamos una empresa de reformas, pero llegó la crisis y tuvimos que cerrar. Mi marido y yo, los dos autónomos, nos fuimos al paro sin cobrar ningún céntimo de nada, no tuvimos ayudas de ningún tipo. No teníamos dinero para dar de comer a nuestro hijo ni a nosotros mismos, ni poder pagar los suministros básicos (luz, agua, gas). Dejamos la casa y nos fuimos a vivir a casa de mis suegros. ¿Qué otra cosa podíamos hacer?
La casa lleva abandonada desde el 2008, con lo que eso implica de deterioro. Tenemos un posible comprador que ofrece 120.000 €. Se lo hemos comunicado al banco, la casa la han tasado por casi 300.000 € (cantidad que no vale ni de broma), porque no tiene puertas, ni armarios, tiene un agujero enorme en el techo de la cocina por una fuga de un radiador con los consiguientes desperfectos que llegan hasta el garaje. La casa está hecha una pena. Por otra parte, esa fue la cantidad que nos costó hace 12 años, no puede ser que la tasen por la misma cantidad en el 2017, una casa de 2ª mano, abandonada y deteriorada cuando los precios han bajado, se han devaluado.
No sé qué es lo que el banco quiere. ¿Qué salga a subasta y se subaste por cuatro duros? Eso si alguien la quiere. ¿O seguir con ella cerrada?
El caso es que no aceptan una cantidad menor de 280.000 € (que me comunicaron de muy malas formas y con muy mala educación). Ojalá no tengan que pasar ellos por la situación que estamos pasando nosotros.
Donde está la “Obra Social La Caixa”.
Estamos dando una solución, que no aceptan bajo ningún concepto.
Nadie va a dar ese dinero por esa casa.
Nosotros firmamos la hipoteca con Caja Navarra.
Yo me pregunto una cosa. Si Europa ha rescatado a los bancos, ha dado muchos millones de euros, ese dinero, ¿para qué es? ¿Para qué se lo queden los bancos?
Caixabank me dice que a ellos no les ha rescatado nadie, pero yo no firmé con caixabank, yo firmé con Caja Navarra que sí fue rescatada.
Nosotros queremos solucionar esta situación, que nos tiene desesperados. ¿Qué tenemos que hacer? ¿Suicidarnos?
Ayer llamé a IBERTASA, que es la empresa tasadora, para ver en que se habían basado para tasarla así, estando la casa como estaba y me dijeron que era una equivocación, que lo iban a revisar y que me llamaban. A continuación me llama otra persona, y me dice que ese es el precio pactado entre la tasadora y el banco, QUE NO LO PUEDEN CAMBIAR SI EL BANCO NO QUIERE. Llamo a atención al cliente hipotecado de la Caixa, un tal Francisco, y me dice lo mismo, que es un precio de tasación pactado. ¿Entonces para que se tasa? ¿Para qué hace esta pantomima? Yo creo que es un delito y un fraude.
No sabemos qué hacer.
He puesto reclamación en atención al cliente de caixbank y en la Ceca.
Por favor, si alguien me puede dar algún consejo.

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En respuesta a tu pregunta te diré que una tasación válida para el mercado hipotecario no se puede pactar, hay un procedimiento para llegar al valor del inmueble y no es precisamente la negociación con ninguno de los actores que intervienen, propietario, acreedor o comprador.

Quizá estáis mezclando conceptos, ya que por un lado está el valor de tasación de la vivienda que realiza una empresa tasadora y se supone que es el valor real de la vivienda en el momento de realizar la tasación, y por otro el valor de subasta, también llamado valor de tasación para subasta, que está fijado en la escritura de hipoteca, y que no tiene nada que ver con el valor real del inmueble.

En este caso, veo complicado llegar a un acuerdo con el banco, ya que aunque aportes otra tasación de otra tasadora por un valor inferior, probablemente no la tendrán en cuenta a la hora de tomar sus decisiones.

Para valorar la mejor forma de negociar con la entidad hay que tener en cuenta:

  1. El capital pendiente de pago.
  2. Si el bien hipotecado es vivienda habitual.
  3. El valor de subasta previsto en la escritura de hipoteca.
  4. La redacción de la cláusula de vencimiento anticipado en la escritura de hipoteca.
  5. Si existen otras garantías o avalistas en el préstamo.
  6. Situación actual de los deudores, ingresos, patrimonio etc.

Dependiendo de vuestra situación y de los parámetros de la operación de préstamo, quizá podáis acogeros al código de buenas prácticas.

Para poder orientaros mejor, necesitaría tener la información de los puntos anteriores.

Y si estáis interesados en que llevemos la negociación desde nuestro despacho, también podéis solicitar presupuesto a través del mismo correo o de la web: www.tortosaasociados.com

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