Muere heredero tras aceptar herencia antes de recibir los bienes heredados

En enero muere la esposa dejando en su testamento como heredero a su cónyugue y como fideicomisario de residuo al hermano de la fallecida; se va al notario y se acepta la herencia, todos los papeles estan en la oficina liquidadora y los bienes heredados aún no están en poder del marido . Ahora ha fallecido el marido sin estar a su nombre todavía los bienes heredados, por tanto si se pide el certificado bancario a fecha de fallecimiento solo saldrá lo que está a su nombre, para que pasen al heredero del marido, que es la misma persona que en el testamento primero está designada como fideicomisaria de residuo.

¿Cómo hay que proceder?

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Respuesta

Dile a tu profe que las figuras de heredero y fideicomisario no pueden coexistir, puesto que el fieicomisario (de residuo o no) es precisamente el heredero. Podría haber un fieicomiso de residuo con respecto a un legado concreto si no se perjudica la legítima. En cuanto a la aceptación del heredero, en este caso del marido, consolida en su rama hereditaria los derechos que le correspondían a este, por lo que tampoco pinta nada el fideicomisario y mucho menos que meros trámites, como inscribir bienes o hacer el reclamo al banco, puedan afectar en absoluto al flujo que se ha abierto con la aceptación. De ninguna manera se puede sustituir al heredero con un fideicomisario, por lo que el supuesto está mal planteado. El "dinero del banco" se llama jurídicamente "caudal relicto".

Profe ninguno; es una situación familiar en la que me encuentro y no sé por donde tirar.

Pero por lo que veo, no me sé explicar.

En el testamento pone literalmente: instituye heredero a su esposo con facultades dispositivas por actos inter vivos; respecto de los bienes que éste no dispusiese instituye heredero fideicomisario de residuo a su hermano.

Se va al notario y el esposo acepta la herencia, se formaliza todo el papeleo , se liquida impuesto sucesiones y está pendiente del registro.

Lo que ha ocurrido es que antes de que del registro den las escrituras y el impuesto liquidado para llevarlo a los bancos y poner todo a nombre del esposo ; éste ha fallecido.

Ahora habrá que arreglar la herencia del esposo fallecido, en cuyo testamento pone : instituye heredera universal a su esposa,sustituida vulgarmente por el hermano de ésta.

Con lo que al pedir los certificados bancarios del fallecido a día del fallecimiento no aparecerá lo que realmente es suyo (los bienes de la fallecida aún no está a nombre del último fallecido)

Eso es un asunto de puro papeleo notarial, que puede ser un poco trajín y algo más caro, pero carece de la menor dificultad. El esposo es el verdadero heredero de residuo, puesto que la causante le entrega los bienes dispone que los que "les sobre" en el momento de su muerte y que no disponga de ellos, irá a parar a su hermano. En este caso, el esposo es el fiduciario, y el hermano de la causante, el fideicomisario. Como a este último no se le señala esta misma figura- la del fideicomisario- como destinatario último de los bienes, la masa hereditaria se integra y se refunde con su flujo propio hereditario. Se trata por tanto del destinatario final de los bienes. Ustedes se encuentran con que todavía no se han inscrito en favor del marido los bienes que procedan, pero sí ha aceptado la herencia. En este caso, se hace la herencia del hermano y este se constituye en heredero de acuerdo con las disposiciones no del esposo, sino de la esposa y hermana en lo que a los bienes de esta respectan . Por tanto, hagan la aceptación de herencia del hermano con respecto a los bienes de la herencia de la hermana y lo mismo en relación a lo bienes propios del esposo. Yo les recomendaría que fuesen a un abogado a que se lo organice todo, y pueden firmar en notaría en una mañana.

¡Gracias! Pasaremos por otra notaría, fuimos a la que hizo la primera herencia; y no me quede convencido ; con su respuesta me ha quedado claro, gracias de nuevo

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