¿Hay que pagar el impuesto de sucesión y donaciones a cualquier herencia?

Vivo con mis padres ya mayores en Cataluña y el día que ellos falten me dejan el piso donde estamos viviendo ahora y es el único que tenemos, ya han hecho un testamento diciendo que el día que ellos ya no estén me lo dejan a mí. El piso tiene 65 m2, tiene 50 años mínimo y ya está pagado, no tiene deuda de ninguna clase.

Me han comentado que al heredar una vivienda hay que pagar un impuesto de sucesión y donaciones y que es un dineral.

Mi duda es: ese impuesto hay que pagarlo en cualquier herencia o es depende si aun tienes hipoteca o algún tipo de deuda. O en cambio no hay que pagar nada.

2 Respuestas

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Debería hacer cálculo para ver si le interesa más pagar el impuesto de sucesiones al morir sus padres o comprarlo ahora y pagar el ITP (impuesto sobre transmisiones)

El piso de mis padres lo compraron ellos ya es de propiedad. tendría que comprar el piso a mis padres como si lo vendieran ellos? 

Efectivamente, si, después de los cálculos pertinentes, es la mejor opción

Respuesta
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No es cierto. Es un dineral para los que son parientes lejanos. De padres a hijos, a no ser que sea una fortuna sale gratis o muy barato. La vivienda de una personas que fallece, siempre que esté empadronada en ella, está exenta de impuestos en un 95% y solo se tributa por el otro 5%. Al calcular el valor total de la herencia, solo tendrás que incluir el 5 % del valor del piso. Si aún así al sumarlo todo pasas de 100.000 euros, tendrás que pagar, pero podrás restar esos 100.000 y pagar por la diferencia. Si no tenéis mucho dinero, no creo que tengas que pagar nada.

El impuesto lo tiene que declarar todo aquel que hereda, pero declarar no es pagar. Es como la renta, que a mucha gente le sale negativa.

Hay otro impuesto, que de ese no te escapas. Se paga sobre el incremento del valor del terreno desde que se transmitió la propiedad por última vez. Solo se aplica al valor del terreno, no al de la construcción, asi que cuando es una casa puede salir muy caro, pero cuando es un piso, como solo te corresponde una pequeña parte del terreno porque éste se divide entre todos los pisos, no suele ser tanto.

Se me ha olvidado decir que tienes que conservar el piso al menos durante cinco años, si lo vendes antes tendrás que pagar por el otro 95% de su valor que estaba exento del impuesto.

Y sobre todo, no los empadrones nunca en otro lugar aunque vayan a una residencia y te lo pidan. Lo suelen pedir, pero no tienen derecho a exigirlo.

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