Preaviso de un contrato por circunstancias de la producción

Mi actual empresa me tiene contratado con un contrato por circunstancias de la producción con una duración inicial de 6 meses que fue prorrogado en su día por otros 6 meses. Mi duda es, ¿en caso de que la empresa fuese a extinguir el contrato, esta obligada a notificarlo con 15 días de antelación?, entendiendo que lo extinguirán no para convertirlo en indefinido ni similar, si no para el despido.

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Depende del convenio que aplique la empresa, en el indican los días obligatorios de preaviso.

Como norma general la obligación del preaviso es de 15 días cuando el contrato sea superior al año.

Por otro lado, en los contratos temporales con fecha de fin, ya se conoce cuando finaliza este, por lo que no es necesario volver a recordarlo.

Muchas gracias por responder. El convenio es el del metal, y, por lo que he visto, siempre se habla de "Duración superior a un año", pero el mio es de un año exacto. Por otra parte, aunque sea de duración determinada tengo entendido que se avisa igual, por el tema de las prorrogas. Tengo interés en saberlo, tanto por si no me renuevan, como por si tuviese que darlo yo.

Se habla de "duración superior al año" ya que los contratos temporales no pueden por ley durar más de un año. Por eso no es necesario preaviso.

Por otro lado como te comenté ya se conoce la fecha de fin, otra cosa es que se comunique al trabajador si va a continuar o no para tranquilidad de este, pero no sería obligatorio hacerlo.

En caso de cese voluntario, debes mirar si el convenio dice algo específico a ello, en caso contrario se rige por lo mismo.

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