¿Pertenece el usufructo a la legítima estricta?

Matrimonio en bienes gananciales al 50%. Al morir la madre en el testamento lega a su cónyuge el usufructo universal y vitalicio de su herencia relevándole de la obligación de prestar fianza y hacer inventario. Si alguno de sus descendientes legitimarios no estuviese conforme con esta disposición quedará reducida su participación a su legítima estricta. Lega a 2 de sus 4 hijos la legítima estricta y a los otros 2 el resto a partes iguales. El patrimonio total consta de varios inmuebles, locales comerciales y cocheras de los que reciben el alquiler y varios pisos de los cuales en 2 de ellos viven los 2 hijos a los que le da la legítima uno en cada piso. Al repartir la herencia todos los hijos están de acuerdo que se queden estos 2 hijos como legítima estos 2 pisos. Pero el padre se niega diciendo que a él también le pertenecen esos pisos cómo usufructuario y que ningún hijo tiene derecho a apropiarse de ningún bien de la herencia de su esposa. También dice que todos los inmuebles están a su nombre al 50% y no podemos reclamar nada.
Estas son mis preguntas:
1-¿Es esto legal?.
2-¿Los hijos no pueden heredar la legítima estricta sin el permiso del padre?. Es decir, si no acepta poner a nombre de su hijo el inmueble, porque alega que el 50% es de él.
3- El padre como usufructo de toda la herencia de la madre, ¿es verdad que todos los bienes inmuebles son la mitad del padre porque están a su nombre y al de su esposa y al morir ésta ahora es la mitad de él y la otra mitad de los hijos y no pueden heredar al 100% un inmueble?.
Si por ejemplo el padre acepta poner un piso a nombre de su hijo del que es heredero legitimario, ¿es verdad que este piso también llevará el nombre del padre porque es la mitad de él?,¿O llevará el nombre del padre y del hijo pero el padre como usufructuario?

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Veamos:

La madre fallece y deja todo al marido incluido el usufructo de la legítima.

Hay que hacer que la herencia de la madre se transmita al marido pagando lo que corresponda.

Cuando fallezca el padre, los hijos heredan todo, y se reparte como disponga el padre en su testamento.

Con la herencia de la madre, nada pueden hacer los hijos, porque pertenece al marido.

Hasta que el padre fallezca, nada tienen que hacer los hijos.

Los pisos, las reformas o mejoras que se hayan hecho y lo que hay dentro, denominado ajuar, pertenecen al padre y a la madre, solamente el piso se lo tiene prestado a los hijos, no le pertenecen a los hijos.

Si quiere que un piso se ponga a nombre de un hijo, todavía viviendo el padre, hay que hacer una "donación en vida" del padrea al hijo legalmente y pagando lo correspondientes gastos e impuestos.

¿Pueden los hijos firmar ante notario un escrito en el que estén de acuerdo en que cuando fallezca el padre se puedan repartir la herencia entre los cuatro a partes iguales?

El testamento son las órdenes del padre para después del fallecimiento. Se cumple el reparto que haga el padre, una vez repartido por el notario, entre ustedes hacen un nuevo reparto de cómo quieren los bienes. Es como si mi padre me deja a mi un piso y a mi hermana nada y, una vez cumplido, yo quiero donarle a mi hermana la mitad del piso legalmente.

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