¿Tengo derecho a 1 día de descanso semanal?

Llevo trabajando 7 meses en un restaurante mi jornada es de 20 horas semanales de lunes a domingo, no he tenido ningún día de descanso, solo tuve noche buena, navidad, noche vieja y año nuevo, ya hasta semana santa ya no tengo ningún día. Me dicen que esos 4 días me lo quitan de mis vacaciones de verano, ellos cerraron esos 4 días .mi horario es de 13:30h a 16:30h pero me dicen que tengo que ir a las 12:¿50h también salgo más tarde muchos días y otros un poco antes de mi hora pero esos son contados que puedo hacer?.

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Estás claramente ante un empresario que se está aprovechando de tu situación, pero habría que conocer más detalles para poder darte una respuesta más clara.
En primer lugar, deberías revisar el convenido de Hostelería de la provincia en la que te encuentras. Ahí se estipularán las condiciones concretas de tu situación pero, para hacer una idea, suele ser habitual que esté estipulado en el convenio el periodo de descanso mínimo (que suele ser un día y medio o dos a la semana). Desde luego no puedes estar sin descansar, al margen del tipo de jornada que tengas.

Por otra parte, normalmente los convenios también establecen los criterios para el disfrute de vacaciones... Suele establecer los periodos en los que se pueden disfrutar esas vacaciones, así como la cantidad de fraccionamientos, el periodo de antelación con el que tienen que comunicarte esas vacaciones, etc... Sin embargo, ya te digo por adelantado que no pueden descontarte los días de cierre de la empresa de tu periodo de disfrute vacacional y, tampoco, pueden fraccionar las vacaciones como comentas. Tú deberías poder disfrutar de tus vacaciones, conociendolas con suficiente antelación, y deberías tener derecho a organizarte un pequeño viaje, por ejemplo. Y eso, en esas condiciones, no se puede hacer.

Ahora bien, ¿qué puedes hacer al respecto?

Pues por supuesto, poner todo esto en conocimiento del Ministerio de Trabajo, aunque con matices. Ten encuenta que la Inspección de Trabajo mantendrá tu anonimato en todo el proceso, así que no te preocupes por ello.

Deberías poner una denuncia en el Ministerio indicando que NO tienes día de descanso y que haces una jornada superior a la establecida en contrato. Explica cómo es tu jornada y qué días entras antes o sales después. Posiblemente se presente un inspector en tu empresa en ese periodo de tiempo en el que estás fuera de contrato para constatarlo.

Una vez que haya ido por allí, pedirá a la empresa la documentación relativa a todos los empleados (para que la empresa crea que se trata de una inspección rutinaria) y... si en tu contrato pone que entras a las 13:30 y el inspector te identificó trabajando a las 13:00, obligará a la empresa a ponerte a jornada completa indefinida.

Además, la Inspección le pedirá a la empresa el calendario laboral, que debe estar firmado por los empleados, para constatar qué dias descansas.

Por otra parte, también les van a pedir el registro de entrada y salida de los empleados. Es una hoja donde firmas y pones la hora a la que entras y repites el proceso al salir.

Lo mismo pueden hacer con las vacaciones. La empresa tiene que tener un documento firmado por tí, en el que ponga en qué periodo has disfrutado vacaciones.

Bueno... ¿cuál es entonces el problema? Pues que puede que la empresa, al día siguiente de la inspección, te pida que firmes todos esos documentos, sean ciertos o no. Y aquí es donde viene el trabajo más duro, debes decir que no firmas nada que no sea cierto. Te amenazarán incluso con el despido, pues que te despidan, que sería declarado NULO y tendrían que volver a admitirte y pagarte los salarios de tramitación.

En cualquier caso, cualquier Inspector del Ministerio de trabajo estará encantado de aconsejarte la mejor forma de hacer cada cosa.

Suerte!

¡Gracias!

Un día me dijo que no tienen miedo a los inspectores ya que un familiar es inspector de trabajo en su ciudad. Gracias

mi contrato se me acaba el 31 de julio y ella en la entrevista me dijo que era de lunes a domingo y acepte ,puedo reclamar igual? gracias

Ya he vivido varios casos como los que comentas... La empresa tiene amigos en el Ministerio de Trabajo y eso les da ventaja, aunque solo es relativa. Te explico porqué:

Si tú pones denuncia en el Ministerio, el Inspector tiene que dar solución a lo que tú le comentas. De ningún modo pueden "traspapelar" tu caso, o ignorarlo, pues tienen que darte respuesta por escrito. Vamos... que van a solucionar tu caso, pero... si es cierto que las sanciones... son un poco más subjetivas.

Así que, desde mi punto de vista, es muy probable que tu problema se solucione pero que a la empresa no la sancionen. Sea como sea, lo que a tí te interesa es lo primero, lo segundo... bueno... en realidad te debería dar igual.

Sobre el segundo comentario, sí. Puedes reclamar siempre. Vamos a diferenciar varias cosas.

La empresa puede poner en el contrato que tu horario será repartido de Lunes a Domingo y, dentro de ese horario, tendrá que disponer tu jornada laboral. Es decir, con un contrato así, la empresa se reserva el derecho de hacerte trabajar un domingo si así lo necesita, pero no pueden tenerte sin descansar, son cosas distintas. Si la empresa quiere que trabajes un domingo, que lo puede hacer tranquilamente con el tipo de contrato que tienes, pero te tendrá que dar otro día para descansar.

Luego está el echo de que las empresas se aprovechan de la necesidad. Es decir, conozco casos en los que la empresa ha comentado al trabajador que le va a pagar 500€ y el trabajador ha tenido que aceptar por NECESIDAD. Luego, ese trabajador puede poner denuncia porque está cobrando por debajo del salario mínimo o el que marca el convenio. Por supuesto, ganó y le tuvieron que pagar las diferencias salariales con caracter retroactivo.

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